Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia dieron su respaldo, por mayoría, al proyecto de ley número 17.490, que modifica el Código Penal e impide a los mafiosos sentenciados a prisión solicitar la libertad condicional.
En la actualidad, cualquier preso, condenado por primera vez a una pena mayor de seis meses, puede pedir el beneficio cuando cumpla la mitad de la condena.
De aprobarse el proyecto en la Asamblea Legislativa, no podrán aspirar a la libertad condicional los sentenciados por secuestros extorsivos, explotación sexual, corrupción de menores o por delitos relacionados “de forma principal o conexa con cualquier actividad de crimen organizado”.
Tampoco podrán hacerlo quienes estén en la cárcel por delitos dolosos contra la vida, como los homicidios o por hechos contra cuerpos de Policía.
La Comisión de Seguridad y Narcotráfico del Congreso sometió el proyecto a consulta ante la Corte Plena. Los magistrados emitieron un dictamen afirmativo porque la iniciativa “procura evitar la reincidencia frente a la salida anticipada de la persona sentenciada”.
Según la propuesta legislativa, los reos que sí puedan pedir la libertad condicional, tendrán oportunidad de hacerlo cuando cumplan tres cuartas partes de la pena y no la mitad.
Se mantiene el requisito de que el Instituto Nacional de Criminología informe sobre la buena conducta del preso y que dé un dictamen favorable sobre la conveniencia de la medida.
Los magistrados pidieron a los diputados precisar los delitos a los que hace referencia el proyecto, “para evitar la posibilidad de discusiones acerca de la inconstitucionalidad de la norma”.
“Conviene hacer una estimación de cuál va a ser el crecimiento (de los años en prisión de los reos) como resultado de esas medidas, para prever la construcción de nuevas cárceles que satisfagan la demanda de espacio”, añadió.
El diputado libertario, Danilo Cubero, miembro de la Comisión de Seguridad, afirmó que el aval de la Corte “es un mensaje positivo para la ciudadanía”.
“Estamos preocupados por la reincidencia, a veces hay criterios flexibles para dar libertad”, dijo.
El abogado penalista Gonzalo Castellón señaló que está de acuerdo con la propuesta de ley, pero añadió que “sería importante limitar el otorgamiento del beneficio a aquellos casos en los cuales no converja o combine otra medida reductora de la pena”.
Castellón explicó que en el país la pena máxima es de 50 años de prisión, aunque en el juicio, por ejemplo, la sentencia sea de 90 años.
Considera que para otorgar la libertad condicional debería tomarse en cuenta la pena impuesta y no la máxima de 50, “puesto que ello equivale a aplicar indebidamente un doble rebajo o un doble beneficio”, finalizó.