En Costa Rica, de manera improcedente, se llama impuesto sobre las ventas a lo que en realidad es un impuesto al valor agregado (IVA). En efecto, mientras el primero opera acumulativamente sobre toda la cadena de ventas que se realicen de un bien o servicio (las del productor al mayorista, las de este al detallista y luego las del detallista al consumidor final), lo cual produce un “efecto cascada”, el esquema que rige en nuestro país permite a los participantes en la cadena deducir los impuestos que pagaron por sus compras y entregar al Fisco solo lo que corresponde al valor que ellos agregaron. Un impuesto de ventas del 6 % fácilmente podría terminar costando al consumidor final un 25 % del precio de su compra, si en la cadena participaron tres actores; un IVA del 13% no pasa del 13%.
Ampliación de la base. La reforma que en esta materia está en estudio en la Asamblea Legislativa no es para emigrar a un impuesto sobre el valor agregado, pues eso es lo que aquí opera, sino para incluir en su base una gran cantidad de servicios que no cubre el esquema actual. Con esa ampliación de la base, y algunas reformas en otros tributos, el Ministerio de Hacienda estima que la recaudación anual podría aumentar en el equivalente a un 1,9 % del producto interno bruto (PIB).
Entre los servicios que se propone sujetar al IVA están los relativos a la medicina y a la educación privada, que son dignos de consideración por al menos dos razones: porque son muy importantes en la canasta de consumo de muchas familias y porque al adquirir esos servicios en el mercado privado alivia una carga que de otra manera tendría que soportar las finanzas públicas.
Una tarifa del IVA alta podría hacer que algunas de esas familias se vean en la necesidad de enviar a sus hijos a instituciones de educación pública y a recurrir a los servicios médicos de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). Esta reacción (“elasticidad tributaria”) impactaría los gastos del Gobierno Central y de la CCSS. Hasta podría dejar trasquilado a quien por lana fue.
En atención a lo anterior es que el Ministerio de Hacienda propone sujetar esos servicios tan fundamentales a una tasa del IVA del 4 %, en vez del 13 % que opera para los demás. Muchos, entre ellos los integrantes de la fracción legislativa del Partido Restauración Nacional (PRN), abogan por que del todo se exonere del pago del IVA a los servicios de educación y salud privados y también a otros que, como los niveles mínimos de consumo de agua potable y de energía eléctrica, se consideran parte de una canasta de consumo básica.
Exoneración. El Ministerio de Hacienda alega que atender estas solicitudes minaría la base impositiva y reduciría la recaudación esperada en unos ¢145.000 millones (0,45 % del PIB del 2018). Además, señala, el exonerar un bien o servicio final no solo quita trazabilidad al esquema, sino que encarecería esos bienes y servicios si no se toman disposiciones sobre el tratamiento a los insumos que ellos incorporan.
Por su operativa, en el impuesto sobre el valor agregado (IVA) no es lo mismo exonerar que sujetar a una tasa cero a determinados bienes y servicios. Si se exonera del impuesto a un bien (o servicio), pero no a sus insumos, el precio final de aquel tenderá a subir porque el detallista no podrá recuperar los impuestos pagados por sus compras. Por el contrario, si el bien se sujeta a una tasa cero, sí podrá hacerlo, con lo cual el precio al consumidor final no se vería afectado por el impuesto.
En lo concerniente a la recaudación fiscal, en el primer caso (exoneración) el gobierno recaudará el impuesto cobrado en las etapas anteriores a la final y en el segundo (tasa cero) no. La tasa cero también facilita la trazabilidad.
En el pulso político que al respecto se ha dado, conviene reconocer que no proceden las exoneraciones, pero sí el someter los servicios que nos ocupan –educación y medicina privadas– a una tasa entre cero y %. (¡El rey Salomón se inclinaría por el 2 %!). También lo sería hacer lo mismo respecto a una canasta básica de bienes y servicios pequeña y relativamente simple, que no solo facilite la administración del tributo, sino que evite discriminaciones injustificadas.
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Gasto público. Pero, como elevar la carga tributaria con una ampliación de la base del IVA como la propuesta apareja erogaciones sensibles para muchas familias costarricenses, es menester asegurar que por el lado del gasto público se toman fuertes medidas correctivas (control de remuneraciones y pensiones de lujo, racionalización de transferencias al sector público, adopción de un eficaz sistema de rendición de cuentas). Ellas han de quedar contenidas en leyes que aseguren su sostenibilidad en el tiempo e, idealmente, deberían aprobarse antes de cualquier aumento de impuestos.
En la pampa guanacasteca recién el presidente Alvarado anunció que la construcción de unas obras de infraestructura en esa provincia requiere la aprobación de la “valiente” reforma tributaria que el Poder Ejecutivo propuso. Y aquí es necesario que los integrantes del equipo económico del gobierno se pongan de acuerdo sobre cuál es el propósito de la reforma fiscal que nos ocupa. Su fin, se nos dijo, es reducir el déficit del Gobierno Central. Sin embargo, ahora pareciera que el objetivo de la reforma tributaria es dotar al gobierno de más recursos frescos para que pueda gastar más. Una reforma fiscal realmente valiente, y además patriótica, consiste en reasignar las partidas de gasto gubernamental de modo que se pueda financiar más obra de infraestructura pública sin aumentar el gasto total.