Deseo referirme hoy al perjuicio causado por un sindicalismo que, desbordando los límites de su competencia, pretende que los intereses de sus dirigentes prevalezcan sobre la conveniencia nacional.
De acuerdo con el artículo 60 de la Constitución Política, los sindicatos son organizaciones constituidas con el exclusivo propósito de obtener y conservar, para sus afiliados, beneficios económicos, sociales o profesionales. En consecuencia, no le es lícito a ningún sindicato discutir ni oponerse a ningún acto del Gobierno legalmente adoptado.
Por otra parte, la citada norma, que establece el beneficio de libre sindicalización, no establece si tal posibilidad, indiscutible en el ámbito privado, se extiende también a los servidores del Estado, lo cual no pareciera haber sido la intención original de los constituyentes de 1949, pues, en el artículo 61, esos mismos legisladores reconocieron el derecho de los patronos al paro y el de los trabajadores a la huelga, salvo en los servicios públicos. Y, como no puede concebirse que el Estado, como persona jurídica perpetua, pueda declarar el paro de sus labores, cabe concluir sin mayor esfuerzo que las disposiciones de los artículos 60 y 61 se refieren únicamente a empresas del sector privado y sus trabajadores. Refuerza esta conclusión el hecho de que el artículo 191 de la misma Constitución establece que las relaciones entre el Estado y los servidores públicos deberán regirse por un estatuto de servicio civil, a fin de garantizar la eficiencia de la administración.
Los más fuertes. No sé si el punto ha sido discutido en alguna oportunidad ante los tribunales, pero, en todo caso, ha pasado mucha agua bajo el puente desde que se promulgó nuestra Constitución y, con respaldo legal o sin él, lo cierto es, como todos sabemos, que los sindicatos más fuertes se encuentran actualmente en el sector público, y las relaciones con sus empleadores no están regidas por el estatuto del Servicio Civil, sino por convenciones colectivas que periódicamente negocian los dirigentes sindicales con los representantes de las instituciones autónomas.
Como, en estas negociaciones, la representación del Estado la asume el jerarca de turno, que, por lo general, adopta la línea de menor resistencia, los beneficios acordados a los trabajadores en cada nueva convención crecen escandalosamente, mientras que el servicio al público se deteriora progresivamente, con grave perjuicio para el país.
Desde luego, no es posible referirnos aquí a todas las convenciones negociadas en estas condiciones, pero permítasenos mencionar como ejemplo el caso del sindicato de los trabajadores del muelle de Limón. En La Nación del pasado 21 de abril se informa, como principal noticia, que Japdeva se ha visto obligada a recortar la inversión que, por ley, está obligada a efectuar en beneficio de la provincia de Limón, a fin de poder pagar la abultada planilla de salarios de sus 1.513 empleados, lo cual determinó una pérdida neta, solo en el año 2013, de ¢360 millones.
Obstinada oposición. Sin embargo, el daño más grave que causa ese sindicato no son sus abultadas planillas ni los exagerados beneficios otorgados a sus agremiados, sino su obstinada oposición a la concesión otorgada por la Administración anterior a la empresa APM Terminals, de capital holandés, la cual proyecta invertir una suma aproximada de $948 millones, que El Estado no está en condiciones de aportar, y que nos permitiría modernizar nuestro principal puerto y dejar de ser el país con el costo más alto de toda América Latina y el Caribe para movilizar un contenedor de exportación, según lo declaró en La Nación del 8 de abril del 2011 el exministro de Obras Públicas y Transportes, ingeniero Francisco J. Jiménez.
En esa oportunidad, el ministro estimó que las obras comenzarían a inicios del 2013. Sin embargo, a esta fecha, casi finalizando el primer semestre del 2014, estas no se han iniciado todavía por las maniobras obstruccionistas de la dirigencia del sindicato, que parece no darse cuenta de que una ampliación de la magnitud proyectada absorbería mayor mano de obra en beneficio de los trabajadores de la provincia, necesitados de mayores fuentes de empleo.
Rico filón. No es posible que continuemos permitiendo que se nos cause tan grave daño, mientras otros países de la región como El Salvador, Panamá, República Dominicana y Colombia ya han logrado liberarse de engorrosos trámites burocráticos y avanzan aceleradamente hacia la modernización de sus puertos.
Nuestro presidente nos ha anunciado su firme determinación de introducir los cambios necesarios para liberar al Estado de sus actuales ataduras y enrumbarlo hacia metas más productivas y prácticas en beneficio del país. Consideramos que aquí tiene un rico filón para demostrar la eficacia de sus buenas intenciones.