El Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) no tiene homologado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) el artículo 32 de la convención colectiva y, por ende, no paga 12 años de cesantía en todos los casos, sin importar las causas del cese de relación laboral, como erróneamente se informó en el artículo titulado “12 instituciones pagan indemnizaciones a empleados que renuncian”, publicado el 24 de mayo del 2018.
Lo correcto es que la institución paga ocho años de cesantía y solo en los casos de despido con responsabilidad patronal, de conformidad con lo que establece el artículo 29 del Código de Trabajo.
Rebeca Madrigal, periodista de Política
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