En la sentencia reciente dice textualmente: “Se ordena a la empresa LA NACIÓN que proceda a eliminar el enlace htpp://wvw.aldia.cr/ad_ee/2006/febrero/28/sucesos3.html, que dirige a la noticia objeto de la presente denuncia, y cualquier otra posterior relacionada con el nombre del denunciante sobre el mismo tema, de forma tal que la información no sea de acceso público.
Lo anterior deberá realizarse y comunicarse tanto al quejoso como a esta Agencia, en un plazo no mayor de 5 días hábiles, de conformidad con lo indicado en la Ley 8968 (...). Licda. Elizabeth Mora Elizondo, Directora Nacional Agencia de Protección de Datos de los Habitantes".
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