Recientemente el proyecto minero Crucitas volvió a ser tema de disputa: ahora, entre el expresidente de la República Dr. Óscar Arias y el dos veces ministro de Ambiente, Ing. René Castro Salazar.
Castro le atribuye a Arias la responsabilidad de aprobar el desarrollo del proyecto en su administración, a pesar de sus advertencias. El Dr. Arias manifiesta que él cumplió con su deber de respetar la ley y los derechos adquiridos por la empresa.
Con el fin de que la opinión pública conozca los hechos, me permito hacer un resumen de los hechos más importantes en relación con este proyecto minero, que suma más 20 años de historia.
El 21-22 de octubre de 1987, se realiza en Costa Rica la primera Conferencia Internacional del Oro, bajo el auspicio del Ministerio de Recursos Naturales, Energía y Minas, Minera Nacional S. A. (Minasa), el Laboratorio Nacional de Los Álamos y el Servicio Geológico de los Estados Unidos.
En esta conferencia participan empresas internacionales interesadas en invertir en la exploración de recursos minerales en Costa Rica. Una de esas compañías presenta, el día 30 de agosto de 1991, la solicitud del permiso de exploración sobre el área de lo que hoy en día es el proyecto minero Crucitas (se le asigna el número de expediente 7339), esto en la administración Calderón Fournier.
Habiendo cumplido con todos los requisitos que establece el Código de Minería, el día 7 de junio de 1993 el Ministerio de Recursos Naturales, Energía y Minas, mediante resolución 185-93-Mirenem del 7 de junio de 1993, otorga el permiso de exploración Nº 7339.
Inversión. Con base en este visto bueno, la empresa invierte cerca de $30 millones en labores de exploración, identificando un yacimiento de oro y plata.
En la administración Figueres Olsen, siendo ministro de Ambiente y Energía el Ing. René Castro Salazar, la empresa Placer Dome inicia un proceso de diálogo con el Estado, cuyo fin es exponer los planes de desarrollo que tiene para el proyecto. El Ing. Castro participa del proceso, haciéndose asesorar por expertos que trae de Estados Unidos. Después de varios meses de conversaciones, ambas partes exponen sus visiones del proyecto, sin que se logren acuerdos concretos.
El día 18 de diciembre de 1999 Industrias Infinito, con base en el derecho que le otorga el Código de Minería de obtener una concesión de explotación, si demostraba la existencia de un yacimiento viable comercialmente, presenta la solicitud para obtener la concesión de explotación minera, asignándosele el número de expediente 2594.
Requisitos. Como parte de los requisitos que se debían presentar con la solicitud, se encontraba un estudio de factibilidad técnico, económico y social, estudio que fue aprobado el día 14 de mayo del 2001 por parte de la Dirección de Geología y Minas.
El día 17 de diciembre del 2001, el Ministerio de Ambiente y Energía, durante la administración Rodríguez Echeverría, le otorgó la concesión de explotación minera Nº 2594 a la empresa, después de 10 años de haber iniciado el trámite de exploración.
El día 12 de marzo del 2002, la empresa presenta ante la Secretaría Técnica Ambiental (Setena) el estudio de impacto ambiental. Después de 3 años y 9 meses, el 12 de diciembre del 2005 –en la administración del Dr. Abel Pacheco–, la Setena, mediante resolución Nº 3638-2005-Setena, le otorgó la viabilidad ambiental al proyecto.
En la administración del Dr. Óscar Arias, los actos que se realizan son la ratificación de la resolución que otorgó la concesión de explotación minera, y la firma de un decreto que declara el proyecto de conveniencia nacional, cuyos requisitos habían sido aprobados en los años 2001 (estudio de factibilidad técnico, social y económico) y 2005 (estudio de impacto ambiental).
Trámites y cumplimiento. Atribuirle a la administración Arias Sánchez la responsabilidad de la aprobación del proyecto es desconocer 20 años de trámites y cumplimiento, por parte de la empresa, de todos y cada uno de los requisitos que conllevó realizar la exploración, y posteriormente obtener los permisos necesarios para el desarrollo de la etapa de explotación.
La historia del proyecto minero Crucitas en Costa Rica tropieza con la resolución del Tribunal Contencioso Administrativo en el año 2010, que anula los permisos y concesiones otorgadas al proyecto, desconociendo el Tribunal la sentencia de la Sala Constitucional, que validó los permisos y concesiones otorgados a la empresa, violando con ello uno de las instituciones que conforman el principio de seguridad jurídica: la cosa juzgada y los efectos de las sentencias del máximo órgano judicial del país.
Última parte. Sin embargo, la historia del proyecto Crucitas no termina aún. La última parte de la historia se desarrollará ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi). Con base en el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de Canadá para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, Ley Nº 7870 del 25 de mayo de 1999, la casa matriz de Industrias Infinito, S. A. entabló un arbitraje internacional por violación de las disposiciones del Acuerdo.
Serán los árbitros que se designen en el seno de Ciadi los que tendrán la ultima palabra y definirán si la decisión adoptada por el Tribunal Contencioso Administrativo y el Ministro de Ambiente de cancelar la concesión de explotación minera a la empresa, en contradicción con lo resuelto por la Sala Constitucional, violentó los derechos adquiridos por la empresa durante estos 20 años, dando lugar a una indemnización, que bien podría ser la mayor en la historia del país.