Crisis fiscal e independencia judicial: Un debate descarrilado

En este artículo, Fernando Cruz sostiene que su defensa es de por independencia del Poder Judicial, no los privilegios de los empleados de la institución que preside.

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La crisis fiscal que amenaza con colapsar las finanzas públicas, inevitablemente, angustia a todos los costarricenses. Celebremos que así sea; mucho peor sería la indiferencia de las mayorías ante los peligros que asoman en este campo.

Debemos evitar, sin embargo, que esa preocupación, sana y patriótica, nos nuble la razón y nos arrastre a posiciones catastrofistas y a estériles confrontaciones.

En esta época de crisis y de transformaciones impostergables, Costa Rica no puede quedar atrapada entre el ánimo pontificador de quienes, a punta de editoriales y titulares de prensa, pretenden imponer su particular visión sobre el futuro del país y la intransigencia de aquellos que, con bloqueos callejeros y actos de fuerza, intenten defender pequeños o grandes privilegios de cualquier naturaleza que, entre otros muchos factores, incidan en el déficit fiscal.

Tampoco se valen los simplismos y las posiciones temerarias. La crisis de las finanzas estatales debe ser resuelta con claridad y determinación de manera urgente porque la estabilidad económica y social del país depende en gran medida de ello. No obstante, resultaría irresponsable y, por tanto inadmisible, que se pretenda convertir la reforma fiscal en una especie de “altar de sacrificios” para exigir inmolaciones.

Cuando se actúa responsablemente frente a un mal o amenaza, siempre debe evitarse que el remedio resulte peor que la enfermedad.

El saneamiento y sostenibilidad de las finanzas públicas no puede darse a costa de valores, instituciones y garantías esenciales del Estado costarricense, como la división de poderes y la independencia judicial.

Evaluación. La independencia y neutralidad de los jueces, por ejemplo, no puede verse disminuida ni amenazada en forma alguna por una reforma tributaria que, con el propósito de fortalecer el erario, termine socavando un pilar fundamental de la República. Esas ligerezas de algunos que actúan de buena fe, pero sin medir consecuencias, o las temeridades de otros a quienes no parece importarles los riesgos asumidos, requieren una cuidadosa evaluación.

La construcción y defensa del Poder Judicial exige lo que propone Tomás y Valiente, que pasemos de una administración de justicia a un auténtico Poder Judicial, lo que supone una clara división de poderes, impidiendo la intervención de la administración o del Poder Ejecutivo en el órgano judicial, salvo lo que la Constitución autoriza.

En la división de poderes, el papel del Poder Judicial es trascendental, por eso Román Herzog afirma que el Poder Judicial es la única garantía del concepto de separación de poderes, por esa razón una intervención sobre un poder que no es políticamente beligerante, debe ser excepcional y puntual. Esos equilibrios no se cumplen en las normas de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas que fueron consultadas al Poder Judicial, según la sabia previsión del artículo 167 de la Constitución.

Cuatro temas relevantes se consideraron que incidían en la organización y funcionamiento del sistema judicial. Todos tienen trascendencia y, como lo he expresado, el monto salarial no tiene incidencia sobre la planilla judicial, conforme lo prevé claramente el transitorio XXXIX del proyecto.

La discusión sobre la independencia judicial y el equilibrio de poderes quedó en la penumbra, un inquietante silencio envolvió un asunto tan relevante, tan trascendente para la democracia, porque como lo dice Alejandro Nieto, “los tribunales son el contrapeso más importante del poder, el freno de la arbitrariedad. De aquí las gravísimas consecuencias de su parcialidad o paralización y de aquí, por lo mismo, el interés del poder en imponer deliberadamente su desgobierno. Porque se da la paradoja de que el mecanismo de control está en manos del controlado, quien se apresura, por la cuenta que le tiene, a dificultar, y a ser posible desactivar, su funcionamiento” (vea del autor “El desgobierno de lo público”, p. 306).

Esta opinión no es solo aplicable a España, es una tendencia que existe en la lógica del poder, en una división de poderes que no puede ser un mito o una formalidad. El poder del sistema judicial es siempre débil, vulnerable frente a los otros poderes, por eso depende de una delicada estructura de equilibrios, en la que la cultura política y la autocontención del poder reconoce un poder judicial independiente.

Son muchos los ejemplos en Latinoamérica, como Venezuela y Nicaragua, donde el poder de la jurisdicción es un eufemismo porque si no hay autocontención y prudencia de los otros poderes, la independencia judicial puede ser debilitada o anulada. Existe siempre una tensión entre los poderes, una fuerte tendencia del poder por ocupar el “poder real” en la que el poder judicial tiene pocos instrumentos de contrapeso, salvo los que la Constitución prevé.

Vulnerabilidad. Un juez que no esté dispuesto a defender su propia independencia en el ejercicio de las funciones que le han sido asignadas no merece ser llamado como tal porque no es capaz de honrar su cargo.

De igual forma, un presidente de la Corte Suprema de Justicia que no esté dispuesto a defender con denuedo, despojado de toda vanidad o cálculo personal, la independencia del Poder Judicial y el equilibrio de poderes sería indigno de la responsabilidad que se le ha confiado. Son muchos años en los que me he convencido de que la independencia judicial es muy vulnerable porque depende de la prudente autocontención de los otros actores del sistema político.

Se me podrán señalar yerros y excesos verbales en el cumplimiento de mi deber, pero nadie podrá acusarme de abandonar mis responsabilidades fundamentales como presidente de la Corte, en un momento crucial para la salvaguarda de su independencia como poder de la República.

Aferrado a mis más profundas convicciones, he procurado siempre ser un ciudadano responsable y crítico; como juez mi mayor desvelo ha sido el actuar con rigor jurídico y en forma proba e independiente.

En cambio, debo admitir que he sido menos diligente en el difícil y complejo arte de la comunicación. En el debate público, me cuesta despojarme de cierta vehemencia y, acaso por eso, no siempre logro comunicar en forma precisa lo que mi conciencia me dicta. Cuando polemizo, la espontaneidad y la sinceridad me pueden traicionar. Acostumbro hablar sin cálculo; me cuesta callar y no puedo fingir, especialmente si de por medio está la defensa de valores tan relevantes como el equilibrio de poderes y la independencia judicial.

Admito estas debilidades comunicacionales para reconocer que en la lucha que he librado durante los últimos días por defender la independencia del Poder Judicial, ante lo que considero graves amenazas contenidas en el plan fiscal, algunas de mis expresiones han resultado poco afortunadas y fácilmente han sido interpretadas en forma distinta y hasta contraria al propósito con que fueron expresadas. Muchas asignaturas están pendientes para el Poder Judicial, debe construirse una mejor justicia, pero siempre sobre las bases de su independencia.

De esa manera, sin quererlo, he facilitado el trabajo a quienes, por razones diversas, han querido colocarme ante la opinión pública como un defensor a ultranza de privilegios salariales, cuando en realidad lo único que me preocupa es defender la independencia judicial, lucha a la que no debo ni puedo renunciar por más varapalos que reciba.

Reconozco ese error de forma y asumo la responsabilidad que me corresponde en el descarrilamiento de este debate, pero no renuncio a mis principios ni abandonaré esta lucha porque mis sueños de una sociedad más justa y mi responsabilidad con el Poder Judicial están por encima de toda vanidad.

En todo sistema político, la independencia del sistema judicial siempre pende de un hilo muy fino, por eso no hay que enmudecer cuando se aprecian actos o decisiones que amenazan el equilibrio de poderes y la independencia de la judicatura.

El autor es presidente del Poder Judicial.