Apenas son noticia, porque las malas nuevas del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja Costarricense de Seguro Social eran esperadas desde hace años. En realidad, eran conocidas, más que esperadas, pero la obstinada resistencia de la institución a reconocer la verdad mantuvo viva una tenue duda sobre la exactitud de los pronósticos de actuarios y superintendentes de pensiones.
El último estudio actuarial, a cargo de la Escuela de Matemática de la Universidad de Costa Rica, es en lo fundamental consistente con exámenes anteriores y pinta un futuro igualmente difícil. Ya no parece caber duda del inevitable recorte de los beneficios del IVM, el aumento de las cotizaciones y la elevación de la edad de retiro.
Esas serán las consecuencias para buena parte de 1,4 millones de cotizantes del régimen cuyos 238.644 pensionados apenas reciben ¢269.000 mensuales en promedio, es decir, cerca del 60% de su salario promedio. Los futuros jubilados quizá solo cobren el 40%, se pensionen a los 70 años y coticen mucho más a lo largo de su vida laboral.
Los cambios que se avecinan en el IVM magnifican la injusticia de los regímenes especiales de pensiones, abiertos a una minoría, con beneficios incomparablemente mayores. En el Poder Judicial, la pensión promedio de apenas 3.619 jubilados es de ¢768.000 y el 40% de ellos recibe más de ¢1 millón. Hay 661 con pensiones que van de ¢2,5 millones a más de ¢9 millones y, en promedio, ese reducido grupo recibe ¢3,4 millones.
Lo mismo sucede en otros regímenes de privilegio donde, además, la edad de jubilación es menor que la fijada en la actualidad para la inmensa mayoría de costarricenses, sin tomar en cuenta la probable elevación de la edad de retiro en el IVM. La mayoría, que se ve obligada a pagar por las pensiones de privilegio, lo ha hecho hasta ahora pero, ¿resistirán esos regímenes la presión de brechas tan anchas como las que abrirán con la reforma al IVM?
Es hora de pensar en un régimen único de pensiones, acorde con el sentir democrático e igualitario arraigado en el país. Nadie en el IVM, no importa cuanto haya cotizado, puede obtener más que la pensión máxima. El límite ronda ¢1,5 millones y pocos lo alcanzan porque se calcula con el promedio salarial de muchos años, no de doce meses. Para elevarlo modestamente es preciso posponer la edad de jubilación.
La diferencia entre la pensión que le correspondería a quien cotice para más y el tope del IVM es un llamado deber de solidaridad social. Con ese dinero se ayuda al régimen a financiar pensiones para los menos favorecidos, pero nadie ha logrado dar respuesta convincente a una interrogante fundamental: ¿por qué hay un deber de solidaridad social en el IVM del cual están exentos los pensionados de los regímenes de privilegio?
Costa Rica no es una monarquía y los honores aparejados a los altos cargos públicos no constituyen título preferencial para el disfrute de beneficios desmedidos. Las pensiones deben fijarse con apego a los cálculos actuariales, los salarios devengados y las cotizaciones, todo bajo un conjunto de normas iguales, no importa si la contribución del trabajador a la sociedad se produjo en un alto cargo del Estado o en la más humilde ocupación del sector privado.
Quien goce de los recursos para hacerlo, podrá complementar la pensión única con planes voluntarios como los creados por la Ley de Protección del Trabajador. Esa decisión le corresponde a cada cual, pero los regímenes de pensiones del Estado tienen la función de garantizar a cada cual un mínimo para la vejez digna.