Editorial: Las contorsiones de la Corte

Si los magistrados interpretan que la reforma fiscal deja intactas las remuneraciones en el Poder Judicial, ¿por qué la objetaron cuando el Congreso se las envió en consulta?

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Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia han transitado un tortuoso camino para eximirse de los sacrificios impuestos al país por la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas. Comenzaron por deliberar sobre un informe redactado a partir de un proyecto de ley inexistente en el momento de la discusión. Lo votaron fuera de plazo y lo enviaron al Congreso con pleno conocimiento de la impertinencia y extemporaneidad de su actuación. El propio magistrado autor del informe confesó la carencia de “interés actual” y dijo no poder pronunciarse sobre el texto sustitutivo porque la Asamblea Legislativa aún no lo había enviado en consulta.

Lo importante era hacer del conocimiento del Congreso la oposición de la Corte Plena al efecto del proyecto obsoleto sobre las remuneraciones del Poder Judicial. Los diputados deberían pensarlo dos veces antes de mantener normas similares en el texto sustitutivo porque eso obligaría a aprobarlo con dos terceras partes de los votos, lo cual se creía improbable. Así, la estabilidad financiera del país quedaba supeditada a la exención del Poder Judicial o a la conformación de una amplia mayoría parlamentaria.

Carlos Ricardo Benavides, entonces jefe de fracción del Partido Liberación Nacional, captó el recado: “La Corte parece querer enviarnos un mensaje: ‘Somos un pequeño y poderoso Estado dentro del Estado costarricense. Somos intocables y si nos modifican los salarios y los pluses, les anulamos sus leyes'”, aseveró.

El intento de influir en la voluntad de los legisladores fracasó. El país está cansado de los excesos y no estuvo dispuesto a mantener el rumbo hacia el abismo económico. Los votos a favor del proyecto sobraron, aunque la Corte fue consultada de nuevo y reiteró su oposición. Para defender esas tesis, los magistrados encontraron relación, por ejemplo, entre la fijación porcentual de los pluses salariales y la independencia y organización del Poder Judicial. Para defender los beneficios, se han escuchado, de boca de los magistrados, argumentos que van desde su pertenencia a la clase media hasta la necesidad de mantener sus ingresos para que puedan seguir contribuyendo, con el gasto, a la recuperación económica.

La desvinculación entre esos comentarios y la realidad nacional es obvia consecuencia de la actitud olímpica asumida por la Corte. Los sacrificios, parece decir la institución, corren por cuenta del resto de la sociedad. Afortunadamente, la aprobación de la ley por abrumadora mayoría, y el examen de la Sala Constitucional, permitieron ponerla en vigor.

Pero la Corte Plena todavía tiene ases bajo la manga. Ahora resulta que la ley se presta para interpretaciones, y la de los magistrados consiste en negar la aplicabilidad de las disposiciones a los empleados del Poder Judicial. Nada importa la clara dirección del debate parlamentario ni el malestar causado en la Asamblea Legislativa por la distorsión de sus evidentes propósitos. La Corte no entiende la normativa como lo hace casi todo el mundo, incluida la Contraloría General de la República. Cuando este último órgano se pronunció sobre la obligatoriedad de la Corte de cumplir la ley, desde el Olimpo se escuchó la descalificación del informe redactado por “mandos medios”, osados al punto de “dar instrucciones” a Zeus.

En suma, la Corte no entendió. En respuesta a una acción de inconstitucionalidad contra uno de sus acuerdos, la institución alegó falta de claridad de la ley. La respuesta acusa al accionante de “soslayar los problemas de técnica legislativa" y asegura que la ley "presenta normas ambiguas e imprecisas que abren la posibilidad de aplicar diferentes criterios de interpretación. En este orden de ideas, es evidente que el accionante pretende que la Sala Constitucional solvente las indicadas deficiencias técnicas de redacción...”.

Surge, entonces, una enorme duda: ¿Por qué objetaron los magistrados la ley cuando la Asamblea hizo la consulta obligada por la Constitución? Si, según su criterio, la normativa deja intactas las remuneraciones en el Poder Judicial, al punto de no sentirse obligados a hacer modificación alguna, ¿cuál era el problema? En ese momento, entendieron que la ley menoscababa su independencia. Ahora que esa objeción fue desacreditada, interpretan que la normativa no vale para ellos.

Todo el país sabe para qué se aprobó la ley y encara con civismo sus consecuencias. Los diputados reaccionan molestos por la inaplicación de la norma, que para ellos es una burla, y ya hay una iniciativa de interpretación auténtica. Esa sería la definitiva vergüenza de la mala comprensión de lectura. La Contraloría no duda de la correcta interpretación y la Procuraduría ha hecho lo propio en relación con otras instituciones rebeldes. No obstante, la Corte parece dispuesta a agotar hasta la última contorsión para mantener sus privilegios ante la mirada impaciente de la sociedad.