Editorial

Editorial: Indiferencia del INS ante la Sala IV

El Instituto sigue pagando indemnizaciones sin importar el motivo de terminación de la relación laboral, incluida la renuncia del trabajador sin causa que la justifique, pese a dos fallos de la Sala Constitucional en contra.

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La Sala Constitucional no pudo ser más clara en el 2006 cuando declaró inconstitucional el pago de indemnizaciones a los empleados despedidos por el Instituto Nacional de Seguros (INS) sin responsabilidad patronal. “La indemnización está prevista para los casos de despido sin justa causa, pues es una consecuencia lógica del rompimiento del contrato de trabajo por decisión unilateral del patrono. Sin embargo, en aquellos casos donde el rompimiento del contrato de trabajo obedece a una causa imputable al trabajador, no se justifica el pago del auxilio de cesantía, pues no existe una causa que lo legitime”, dice la sentencia 17437-2006.








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