El Ministerio de Hacienda tiene buenas razones para oponerse a la aprobación de un proyecto de ley con el cual se pretende reducir del 13 al 1 % el impuesto sobre el valor agregado (IVA) cobrado a algunos productos de higiene menstrual. La apertura de portillos para perder ingresos en momentos de crisis económica y crecientes necesidades sociales es contraproducente. Sin embargo, esta vez, apoyamos la excepción y nos ponemos del lado de las mujeres.
La campaña Cambiemos la Regla, promovida por la organización Nosotras Women Connecting para retomar el proyecto de ley presentado en el cuatrienio anterior por cinco diputadas, debe ser atendida, así como las justificaciones incorporadas en el expediente 22421. Las mujeres son una mayoría fuertemente golpeada por las desigualdades y pocas veces su punto de vista es tomado en cuenta a la hora de aprobar políticas públicas. La ausencia de sensibilidad por las necesidades de este grupo poblacional conduce a soslayar los datos expuestos en el proyecto. Por ejemplo, la compra de toallas sanitarias, tampones y copas se mantiene a lo largo de casi la mitad de la vida de las mujeres, entre 35 y 40 años, sin contar los protectores diarios utilizados por algunas de ellas, con mayor poder adquisitivo, días antes y días después del período menstrual.
Los salarios de los hombres históricamente han sido más altos, aunque las mujeres desempeñen idénticas labores. Según el informe del Programa Estado de la Nación del 2021, entre el 2001 y el 2019 la ventaja salarial a favor de los hombres promedió un 9,7 %. En el 2019, fue del 10,4 %. La brecha tiende a ensancharse cuando se ejecutan empleos de baja remuneración, y en épocas no muy lejanas alcanzó el 25 %.
El aspecto económico es fundamental para considerar la conveniencia de ajustar el gravamen en la proporción solicitada por las proponentes, pero subyacen otros motivos de considerable trascendencia social, relacionados con la forma como ha sido vista la regla o menstruación durante milenios. Hasta hace pocos años, era una especie de iniciación a la vida fértil cuyo conocimiento debía circular solo entre el sexo femenino. Las consideraciones religiosas y el patriarcado degradaban el período menstrual a la categoría de suciedad, e incluso de enfermedad. Hablar del tema abiertamente era, por decir lo menos, un sacrilegio.
De esa manera, las niñas veían aparecer de repente el sangrado sin saber por qué ocurría. A sus congéneres más cercanas —usualmente la madre—, les correspondía el papel de explicadoras de aquel “fenómeno” introductorio a la hermandad de los cuerpos femeninos. Tales consideraciones no son de poca monta, pues pertenecen al paquete de causas debido a las cuales las mujeres cuentan con menos acceso al mercado laboral y se ven obligadas a depender del esposo o pareja. Los roles de sexo les asignan injustamente la tarea de cuidadoras y muchas relegan los estudios formales para encargarse de la crianza de los hijos —en ocasiones a petición del varón o cabeza de la casa―, cuando no también de la vigilancia de padres, abuelos, nietos y personas con discapacidad.
Aparte de todo lo anterior, no hace falta ser mujer para empatizar con la causa. Todos tienen, o han tenido, madres, hermanas, primas, sobrinas, nietas o amigas, y son testigos del peso del gasto en toallas en los presupuestos familiares. Visto de otro modo, incluso los hombres se beneficiarán del ajuste en el impuesto, pues a muchos de ellos, por la forma como se estructura la sociedad en detrimento de las mujeres, les corresponde proveer a esposas, hijas y otras familiares de este artículo de primera necesidad. Por tanto, no es posible argumentar discriminación porque finalmente es un bien para la colectividad.
Por eso, como dice el proyecto de ley, el Estado debe “promover la eliminación de las recargas económicas que implica el hecho de menstruar” y “mitigar el gasto que solo la mitad de la población realiza a causa de un aspecto biológico”.
El gobierno está en capacidad de prescindir, sin agrandar el déficit fiscal, de los poco más de ¢3.200 millones anuales (datos del 2021) de la aportación hecha al erario en razón de este impuesto. Un pequeño esfuerzo adicional por moderar el gasto bastaría para compensarlo.