Después de agredir a la hermana, un hombre de 22 años le abrió el pecho al perro de la joven y le extirpó el corazón. Fue detenido por violencia doméstica y por la muerte del animal. Las infracciones son distintas, aunque la motivación es la misma. Al ataque físico, el sujeto añadió el maltrato emocional y sicológico infligido mediante la muerte del animal. En los dos casos, la víctima es la mujer, pero también hay castigo para la agresión contra el perro. La Ley de Bienestar de los Animales establece penas de tres meses a dos años de prisión para quien mate a un animal doméstico.
La Asociación para el Bienestar y Amparo Animal convocó una manifestación frente a los tribunales para protestar por la liberación del sospechoso sin medidas cautelares. La preocupación es válida, porque quien ejecuta tan sangriento acto de violencia contra una mascota no está lejos de volcar el mismo desenfreno sobre un semejante, especialmente, si ya ha mostrado disposición a agredir a otras personas.
La principal preocupación de la ley, vigente desde junio del 2017, es asegurar el buen trato hacia los animales, pero al combatir la crueldad, la norma también educa. Es imposible formar a los niños y jóvenes para la convivencia pacífica si se les rodea de indiferencia frente a la vida en cualquiera de sus formas, muy especialmente las que establecen vínculos cercanos y emotivos con el ser humano.
La crueldad fácilmente cambia de blanco. Hoy se ejerce contra un perro y, mañana, contra un semejante. Quien vence barreras inhibitorias para dar muerte a una mascota con la crueldad de un cuchillo necesita una intervención urgente. Sin rehabilitación, constituye una amenaza para quienes le rodean. Esa es la razón para dictar medidas cautelares mientras se consideran los medios apropiados para modificar inclinaciones y conductas.
El trato dispensado a los animales refleja características y valores culturales. La Sala Constitucional lo reconoció con claridad: “Los seres humanos no solo tenemos un deber moral de actuación con respecto a las demás personas, sino también en relación con el entorno natural que nos rodea (sic). En ese sentido, se ha considerado que el maltrato a los animales vulnera la moral, las buenas costumbres y el orden público”.
Desafortunadamente, el país no cuenta con recursos suficientes para la verdadera rehabilitación y tampoco para hacer cumplir la Ley de Bienestar de los Animales. La inmensa mayoría de los maltratos quedan impunes. Los agresores no reciben rehabilitación ni castigo, ni siquiera cuando el maltrato alcanza proporciones “industriales”, como sucede en la crianza de perros y otros animales para pelea.
Las organizaciones protectoras de los animales hacen un aporte invaluable cuando procuran llenar vacíos, incrementar las denuncias y ofrecer refugio a los animales maltratados. La Ley de Conservación de Vida Silvestre, por ejemplo, fue aprobada a partir de la iniciativa popular promovida por la Asociación Preservacionista de Flora y Fauna Silvestres (Apreflofas) para combatir el comercio y cacería de especies no domesticadas, mucho más valiosas en la montaña que en una jaula.
La misma ley nos convirtió en el primer país de América Latina en prohibir la cacería deportiva. En Costa Rica, solo es lícita la caza de subsistencia, con fines científicos y de control de especies. Sin embargo, tampoco hay recursos para educar sobre el valor de respetar la libertad de los animales silvestres, la forma de devolverlos a la naturaleza cuando es posible y la necesidad de reconocer la diferencia entre ellos y los animales domésticos. El gasto en todas esas áreas es una inversión en cultura, de la cual todavía estamos necesitados.