Editorial: Afloran logros de ley fiscal

La reforma, además de coadyuvar a la equidad salarial entre el sector público y el privado, permite reorientar el gasto del primero hacia la consecución de objetivos de mayor importancia social.

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La Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (9635) contiene disposiciones destinadas a controlar el aumento automático, indebido y acelerado de las remuneraciones en el sector público, que producen una posición de privilegio de los burócratas respecto de quienes desempeñan funciones similares en el sector privado. La legislación fue aprobada con el apoyo decidido de diputados de oposición y del partido oficial, conscientes de que las medidas son de permanente interés nacional y no de una u otra administración política.

La Ley 9635 norma pagos por anualidades y reforma diferentes factores cuyo efecto en el crecimiento del gasto es desmedido. También modifica los pagos por prestaciones legales, que solo en el caso de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) llegaban hasta 20 años, cuando el Código de Trabajo estipula 8. Por su parte, los incentivos salariales, actualmente responsables de casi un 43 % de los sueldos, bajarán a un 41,8 % según el proyecto de presupuesto del 2020 sometido por la CCSS a la Contraloría General de la República. Se espera que la disminución continúe y, con el paso del tiempo, las anualidades pierdan peso relativo, informó Sergio Gómez, director de presupuesto de la entidad.

La CCSS tiene 57.600 empleados, el ahorro por la entrada en vigor de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas es muy grande.

La reforma legal, además de coadyuvar a la equidad salarial entre el sector público y el privado, permite reorientar el gasto del primero hacia la consecución de objetivos de mayor importancia social, como lo son las inversiones en infraestructura física y equipamiento de hospitales. De acuerdo con el director de presupuesto, eso incluye el inicio de las obras en los hospitales Monseñor Sanabria y el de Turrialba, y en la torre este del Hospital de Niños, entre otras.

En materia de gasto público, a veces, lo necesario es reducirlo, por ejemplo, para disminuir un déficit insostenible, pero, en muchas otras ocasiones, como esta, lo principal es mejorar la calidad. El uso concreto de ahorros generados por la observancia de la Ley 9635 para beneficio de la población crea coaliciones ciudadanas a favor de la reforma fiscal. Demuestra que no obedece a una mera posición ideológica y sus resultados son tangibles.

Entre los beneficios de controlar un elevado déficit fiscal, está reducir el endeudamiento público, las tasas de interés, la devaluación y hasta la inflación. Eso no necesariamente lo nota el ciudadano promedio y, si lo hace, no sabe a qué atribuirlo. Por eso, fue oportuno que las autoridades de la CCSS optaran por canalizar hacia obras de interés general los ahorros obtenidos en materia de remuneraciones mediante la ejecución de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, en particular, de lo que dispone el “Título III”.

Los jerarcas de otras entidades financiadas con cargo al presupuesto nacional, como las universidades estatales y el Poder Judicial, deben dejar de pensar en sus intereses inmediatos, renunciar al manojo de excusas esgrimidas para liberarse de la obligación de cumplir las disposiciones de la Ley 9635. Igual queja se puede plantear a los jerarcas de algunas municipalidades quienes, al amparo de su autonomía, alegan ser amos y señores cuasifeudales, exentos de someterse a la disciplina fiscal exigida a otras entidades públicas para bien del país. No en todos los casos es posible dirigir los ahorros a obras concretas, pero la guía deben ser las necesidades más urgentes. Por otra parte, el equilibrio de las finanzas públicas, cuyas virtudes son más difíciles de explicar y percibir a corto plazo, debe ser una meta constante.