Página quince: Riesgos en la reforma del Conesup

El proyecto 21578 otorga al Conesup poderes reglamentarios discrecionales e ilimitados, y exige a las universidades privadas la acreditación del Sinaes.

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La Asamblea Legislativa está en una encrucijada que no es menor, pues está discutiendo un proyecto que afecta la educación superior privada del país, la cual atiende al 70 % de los estudiantes graduados de colegios públicos.

En todas las democracias sólidas del mundo, las universidades públicas conviven en competencia con las privadas, y eso redunda en el bienestar general, pues hay más opciones para los estudiantes y se contribuye a formar los profesionales que cada país requiere para mejorar la productividad.

La multiplicidad de centros universitarios genera una oferta educativa amplia y pertinente. Durante varios decenios, la movilidad social y el ensanchamiento de la clase media tuvo a las universidades públicas como motor principal.

Eso empezó a cambiar hace unos 40 años, cuando diversos centros privados entraron a competir, y muchos de ellos con la misma calidad que los públicos. La educación privada está reconocida constitucionalmente y es de interés público.

El proyecto 21578, que se discute esta semana en el plenario, tiene como fin reformar la ley del Conesup para darle poderes reglamentarios discrecionales e ilimitados, así como exigir a las universidades no estatales el certificado del Sistema Nacional de Acreditación de Educación Superior (Sinaes).

Ese requisito no se le exigiría a las universidades públicas. Ya la Procuraduría General de la República indicó que el proyecto podría tener roces de inconstitucionalidad.

Discriminación. Todos los estudiantes, independientemente del centro educativo al que asisten, son iguales y, por ende, tienen los mismos derechos ante la ley. Pero este proyecto crea discriminaciones odiosas, según la naturaleza pública o privada del centro educativo, partiendo de la falacia de que las universidades estatales poseen una calidad inherentemente superior.

Soy fiel creyente del valor multidimensional de la universidad pública, como lo soy de la libertad de escoger dónde se educan los costarricenses.

Expertos constitucionalistas han señalado que, de llegar a ser ley, violaría el principio de división de poderes y algunos principios legales fundamentales, al otorgar al Conesup facultades que van más allá de lo que le corresponden según la Constitución y las leyes.

Recodermos que en materia pública toda potestad debe estar expresamente autorizada y claramente delimitada en una ley. La reforma pretendida podría poner limitaciones inconstitucionales al derecho fundamental a la educación, a la libertad para escoger la educación que se quiere recibir y al derecho a la enseñanza (con libertad de cátedra incluida), consagrados en la carta magna.

Según el proyecto 21578, las universidades privadas tendrían que acreditarse no por carrera, sino institucionalmente, bajo una norma de calidad que definiría el Sinaes, según su mejor criterio, con facultad para crear más requisitos y trabas de los ya existentes. Esto genera gran inseguridad jurídica.

Conflicto de intereses. Por otra parte, el Sinaes está adscrito al Consejo Nacional de Rectores (Conare) de las universidades estatales. El aroma a conflicto de intereses que despide la letra del proyecto debe alertar a nuestros legisladores del riesgo de aprobarlo.

Es antidemocrático poner en manos del Estado la definición de los contenidos académicos de centros privados y la potestad de cerrarlos. Ciertamente, tiene el dominio de la regulación y el control, que no debería ir más allá de la autorización para abrir centros y definir el margo general de funcionamiento, con respeto de los principios fundamentales del ordenamiento costarricense, así como fiscalizar que los cumplan. Por ser de interés público, es lógico y necesario que la formación privada esté sujeta a ciertas reglas y requisitos. Pero estos deben ser razonables, imparciales, equitativos y legalmente válidos.

El proyecto viola el principio de proporcionalidad, al demandar la acreditación a cargo de un ente público sobre los centros privados exclusivamente, sin tomar en cuenta los costos asociados a la acreditación y el consecuente impacto que tendría sobre las tarifas para los estudiantes.

En el sector privado, los costos de un servicio son trasladados al consumidor para que sea sostenible seguir ofreciéndolos. Si se encarecen los servicios educativos, muchos jóvenes quedarán excluidos, en especial los de las zonas geográficamente alejadas y económicamente vulnerables, a las que los centros públicos no han llegado o cuya oferta es insuficiente.

La precaria situación económica del país ha hecho que algunas universidades estatales reduzcan los recursos destinados a los campus ubicados fuera de la Gran Área Metropolitana. Esta situación solo va a profundizarse a consecuencia de la pandemia.

Costos más altos. Como si fuera poco, en contra del principio de igualdad ante la ley, el proyecto prevé que a las universidades privadas se les exijan distintos niveles de calidad y, según cada estándar que se estipule, así serán los gastos e inversiones que deben realizar.

Así, innegablemente, subirían las tarifas y podrían cerrar las sedes en donde las poblaciones no puedan hacer frente a esos precios. También el ente regulador podría ordenar el cierre de universidades que no cumplan con los criterios de calidad discrecionalmente impuestos. ¿Qué pasó con los principios democráticos de libertad de cátedra, de libre competencia y de libertad de empresa?

No hay pruebas de que la acreditación del Sinaes produzca una mejora sustancial y automática de la calidad de la educación superior, aspiración justa tanto para los centros privados como para los públicos. Pero ¿quién garantiza que es mejor una acreditación de un ente monopólico gobernado por los jerarcas de las universidades públicas que la otorgada por entes independientes o internacionales?

Las potestades que se le quieren conceder al Conesup no van acompañadas de una mejora en la calidad de su servicio. Las labores de fiscalización no se fortalecen, la actualización de las carreras y tiempos de respuesta no se garantizan con esos procedimientos y se mantiene prácticamente la misma conformación del Consejo, que augura que lo que no funciona bien se mantendrá igual.

Existe un texto sustitutivo que promete atender los problemas de calidad de la educación superior privada, que no presenta roces (por lo menos no visibles) con la Constitución ni compromete las libertades de enseñanza y el derecho a la educación de toda la población, en particular la de menores ingresos económicos.

Confío en que los diputados tomen el tiempo para analizar, discutir y aprobar una nueva propuesta con base en ese texto alternativo.

agl.cr.ca@gmail.com

La autora es activista cívica.