La decisión de la Corte Plena de declarar ilegal el plan fiscal nos hace reflexionar sobre algunos principios básicos del funcionamiento del Estado.
Uno es el de la separación de poderes. Como regla general, ni el Ejecutivo ni el Legislativo deberían inmiscuirse en los asuntos que le atañen al Poder Judicial y viceversa.
Aun así, esa autonomía entre poderes no puede ser irrestricta. Los poderes deben actuar como contrapesos unos de otros. El judicial revisa las leyes que emanan del legislativo, por ejemplo, para asegurarse que cumplen con los mandatos de la Constitución. Por medio de sus sentencias, además, los jueces limitan el actuar del ejecutivo. Esto es de especial importancia para controlar los actos de corrupción o de abuso de poder de los empleados públicos.
Aplicando el principio de contrapesos entre poderes, no es dable pensar que el Poder Judicial sea totalmente autónomo. Si le agregamos la norma de que nadie puede legislar en beneficio propio, la determinación de sus propios salarios, más el paquete de beneficios laborales, no puede quedar en manos, exclusivamente, del mismo Poder Judicial.
A eso habría que añadirle el principio de eficiencia. La tendencia de la gente es a valorar más alto su trabajo que el valor que le dan otras personas. Por eso, si cada individuo pudiera designar su propio ingreso, este sería mucho más alto que el valor real. Sucedería como cuando un grupo de amigos va a un restaurante y deciden pagar entre todos la cuenta dividida en partes iguales.
En ese caso, cada uno tenderá a pedir algo del menú que es más caro de lo que habría pedido si le tocara pagar su propia factura. El que pide algo barato termina pagando el gustazo que se dan los demás. El resultado es una situación subóptima para todos.
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Por eso, la determinación del paquete de remuneraciones del sector público (salario más beneficios) no debe quedar en manos exclusivas del Poder Judicial, sin ningún control. El poder legislativo debe establecer el marco general (ley de empleo público) y otro ente (Servicio Civil), aplicar la norma.
Finalmente, otro principio fundamental que debe regir al establecer las remuneraciones del sector público es el de considerar a los funcionarios como, ante todo, servidores públicos. Son designados para servir a los demás, no para servirse a sí mismos.