En un fallo histórico, la Sala II de la Cámara Federal de La Plata, en Argentina, declaró la imprescriptibilidad de los delitos que impliquen actos de corrupción, al considerarlos como crímenes contra la humanidad.
El fallo se dio en el marco de un proceso penal que investiga la participación de un ex juez federal, varios abogados y un médico, en el que se otorgaron amparos “exprés” durante la etapa del corralito financiero, que permitieron a varias personas disponer, gracias a información falsa, de su dinero.
Como recordaremos, el cuestionado corralito financiero fue la restricción impuesta en diciembre del 2001 a la libre disposición de dinero en efectivo a plazo fijo, cuentas corrientes y cajas de ahorros, cuyo objetivo era evitar el pánico bancario y el colapso del sistema financiero ante la profunda crisis que enfrentaba Argentina.
El fallo hace una interesante interpretación del artículo 36 de la Constitución Política, el cual establece, entre otros, que quien comete un grave delito doloso contra el Estado, que conlleve enriquecimiento, atenta contra el sistema democrático.
Este tribunal de segunda instancia también se fundamentó, entre otros, en la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, y determinó que los delitos de corrupción deben ser considerados como crímenes de lesa humanidad y, como tales, son imprescriptibles.
Se trata de un hito histórico y un interesante precedente que debe ser estudiado en nuestro país, que también es signatario de esta Convención que ya fue ratificada por nuestra Asamblea Legislativa en el 2007.
Vale la pena repetir las palabras del entonces secretario general de las Naciones Unidas, Kofi A. Annan en el prefacio de la Convención: “La corrupción es una plaga insidiosa que tiene un amplio espectro de consecuencias corrosivas para la sociedad. Socava la democracia y el Estado de derecho, da pie a violaciones de los derechos humanos, distorsiona los mercados, menoscaba la calidad de vida y permite el florecimiento de la delincuencia organizada, el terrorismo y otras amenazas a la seguridad humana”.
A esas sabias palabras de Annan agregaría que la corrupción tiene la nefasta consecuencia de carcomer y robarnos un pilar fundamental en las relaciones humanas y en el buen gobierno: la confianza en las personas y en las instituciones. Sin confianza es imposible la negociación y la toma de acuerdos base, fundamentales de una operante democracia.