De Frente: Privilegios adquiridos

Con un Estado en quiebra, ¿en verdad se atrevería una Corte a catalogar como un derecho adquirido irrevocable el salario escolar?

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En una semana, los defensores del salario escolar pasaron de la negación al desafío. Hasta hace unos días, la tónica era desmentir que, para efectos prácticos, es un decimocuarto salario. “Es un ahorro del trabajador que se entrega en enero”, insistían. Mas, confrontados con un cúmulo de evidencia a lo contrario, su ánimo ahora es combativo: “Es un ‘derecho adquirido’ que no se puede tocar”.

El argumento trae cola. Es cierto, las Cortes han desarrollado una tesis llamada “el principio de progresividad”. Según la Sala IV, se entiende así: “Cuando un Estado reconoce, respeta y satisface algún derecho fundamental, tiene prohibido reducir los niveles de protección de los derechos vigentes o suprimir los ya existentes”. Y agrega que “una vez que un determinado derecho ha sido formalmente reconocido como inherente a la persona humana, queda integrado en forma definitiva e irrevocable a la categoría de los derechos humanos cuya tutela resulta obligatoria”.

Esta es la tesis que supuestamente blinda muchos beneficios que da el Estado –llámense pluses o pensiones de lujo– no importa cuán desproporcionados o gravosos para el erario sean: una vez otorgados, no se pueden quitar. Además, es curioso que, si bien el principio de progresividad hace referencia a “derechos fundamentales”, nuestras Cortes lo hayan interpretado para proteger odiosos privilegios a costa de los contribuyentes.

El caso del salario escolar es particularmente grotesco. Este nace hace 24 años producto de un acuerdo entre el gobierno y los sindicatos –firmado un sábado a las 3 a. m.– donde se determinó que, a partir de ese momento y per saecula saeculorum, los empleados públicos recibirán cada mes un ajuste salarial adicional acumulable –cuyo porcentaje, además, irá en aumento– y que se entregará como un salario extra en enero. En ningún momento medió un debate legislativo ni un análisis sobre cuál sería el impacto futuro sobre las finanzas estatales. Peor aún, la figura se le vendió a la opinión pública como algo que no era: un ahorro de los trabajadores.

Un cuarto de siglo después, el Estado está casi quebrado, los empleados públicos son una clase privilegiada y el salario escolar se ha constituido en un pesado fardo para el fisco. Con estos antecedentes, ¿en verdad se atrevería una Corte a catalogarlo como un derecho adquirido irrevocable?

jhidalgo@cato.org