La Fiscalía solicitó al Tribunal Penal de Hacienda levantar la medida cautelar de separación del cargo que tenía la agente del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), Gabriela Fonseca Vindas.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia prohibió a la Policía rastrear llamadas telefónicas de periodistas con el fin de descubrir quiénes son sus fuentes.
La Sala Constitucional resolvió este viernes a favor del recurso de amparo que presentó el <em>Diario Extra</em> contra el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y el Ministerio Público por los rastreos telefónicos hechos al celular de un periodista.
Durante diez meses, el Ministerio Público y el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) rastrearon llamadas de periodistas del Diario Extra para identificar a las fuentes de informaciones publicadas sobre un secuestro. No hubo consideración alguna para la seguridad de los informadores y sus fuentes, mucho menos para la integridad de la libertad de información.
La Sala Constitucional resolverá si los rastreos telefónicos que la Fiscalía y el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) realizaron a un periodista del Diario Extra vulneraron el derecho a la reserva de las fuentes que tienen los comunicadores.