En un comentario que se publicó en esta misma página el 9 de julio de 1995, bajo el título "En torno a la Sala Cuarta", defendí la función interpretativa de nuestra Constitución que ejerce ese alto Tribunal de los frecuentes ataques que contra ella se dirigen. Aun más, opiné, en esa ocasión, que tal función era La función lógica e inescapable de una sala constitucional en cualquier Estado de derecho, su razón de ser por excelencia, agregando que era indispensable que la opinión pública tomara conciencia y aceptara este hecho fundamental de nuestro ordenamiento jurídico, pues solamente así podría prevalecer el imperio de la ley.