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Con la publicación del decreto ejecutivo N° 41330-H, el plazo de los contribuyentes para ejercer su derecho de defensa e impugnar los cargos formulados se redujo considerablemente, de 30 días a 10 días hábiles.


En varios casos en los que una resolución emitida por el Tribunal Fiscal Administrativo se decretó la nulidad absoluta del cobro de impuestos, la Administración Tributaria ha reiniciado el procedimiento.