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LO ÚLTIMO SOBRE: daño a la moral


La Sala Segunda resolvió que una empresa autobusera deberá pagar un monto determinado a un extrabajador por el concepto de daño moral, luego de que la compañía colocará su fotografía y el motivo de su despido públicamente dentro de sus instalaciones y en sus unidades. La empresa, además, había enviado el cartel a otras compañías de transportes público.