El Código de Trabajo de Costa Rica entró en vigor el 15 de setiembre de 1843 como culminación de hechos que forman parte del Estado social de derecho.
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Sentencia de la Sala Segunda establece que el salario mínimo inembargable garantiza que una parte del ingreso de los trabajadores no sea objeto de embargos o retenciones para el pago de deudas.
Sala IV consideró que ausencia de procesos de impugnación de medidas cautelares a favor de trabajadores con fuero especial, viola el debido proceso.