Los planes reguladores son los instrumentos que emiten las municipalidades para ordenar sus territorios, según lo establecen la Constitución Política y la Ley de Planificación Urbana.
Se definen como mapas, planos o reglamentos que establecen políticas de desarrollo, distribución de la población, uso de la tierra, vías de comunicación, servicios públicos, construcción, conservación y rehabilitación de áreas y aprovechamiento de recursos naturales.
A pesar de su importancia, los ayuntamientos tienen un gran rezago en elaborar esos estudios, que justifican en el exceso de trámites y el alto costo
Coadyuvar. Atendiendo a estos reclamos, en agosto de 2015, el Gobierno emitió el Reglamento de la Transición para la Revisión y Aprobación de Planes Reguladores, con el objetivo de ‘coadyuvar’ con los gobiernos locales en el cumplimiento de sus obligaciones.
La normativa deja en otra entidad estatal la realización de los estudios hidrogeológicos necesarios y permite a los ayuntamientos elaborar los planes reguladores con la información básica que tengan.
Estos planes serían mejorados con la información que le suministren en materia de vulnerabilidad hidrogeológica, capacidad del suelo y amenazas naturales.