El Instituto Costarricense de Turismo (ICT) comunicó que, este martes, vence la ampliación de la permanencia legal de extranjeros que hayan ingresado al país en calidad de turistas desde el 17 de diciembre de 2019.
Esta fue la última prórroga de permanencia legal bajo la subcategoría de Turismo que brindó Costa Rica en el marco de la pandemia.
La ampliación empezó a regir el 3 de marzo y, hasta el pasado 31 de mayo. El ICT validó 4.559 comprobantes de pólizas de viaje de turistas, las cuales son requisito obligatorio para obtener este beneficio.
De acuerdo con el Instituto, algunos turistas han tramitado hasta cuatro extensiones en los tres meses de vigencia de la medida. Algunos para teletrabajar y otros para vacacionar.
“Los turistas que al 1.º de junio no hayan completado 90 días de permanencia legal en el país y deseen solicitar una extensión, deben dirigirse a la Dirección General de Migración y Extranjería”, señaló Alberto López, gerente general del ICT.
“Si el turista ingresó, por ejemplo, el 1.º de abril, le queda la posibilidad de extender su estadía por 30 días (habiendo permanecido ya 60 días entre de abril y 31 de mayo), pero para ello debe hacer el trámite ordinario ante Migración y Extranjería”, agregó López.
El funcionario destacó que más de 80 colaboradores se han encargado del seguimiento de las solicitudes de ampliación de permanencia legal a través de la validación de seguros de viaje.
“El trámite de solicitud de prórroga de permanencia en el país como turista deberá tramitarse durante el tiempo autorizado para estar en el país, el cual le es indicado a la persona extranjera en el momento de su ingreso.
“Es decir, si a la persona se le autorizaron 30 días para permanecer en Costa Rica, dentro de esos 30 días deberá solicitar la prórroga de turismo”, argumentó Raquel Vargas, Directora General de Migración.
Desde el 5 de marzo
El ICT subrayó que, a partir de este miércoles, el trámite de prórrogas de turismo será asumido de manera temporal por la Unidad de Visas de la Dirección General de Migración y Extranjería.
Únicamente podrán beneficiarse los foráneos que hayan ingresado al país a partir del 5 de marzo y que se les haya avalado, por parte de la Policía Profesional de Migración, un plazo de permanencia legal menor de 90 días bajo la categoría migratoria de No Residente, subcategoría Turismo.
Para el trámite, la persona deberá sacar una cita a través del sitio web de Migración, el número 1311 o presentar los requisitos en las diferentes oficinas regionales de la institución sin cita previa.
El ICT acotó que los requerimientos para la solicitud, así como las especificaciones de quienes pueden y quienes no solicitar la prórroga, se encuentran en el siguiente enlace: https://migracion.go.cr/Paginas/Prorroga-de-Visas.aspx.