Tribunal Ambiental obliga a reparar daño mientras espera valoración económica

Medida se aplica a los responsables de contaminación, afectan áreas protegidas o recurso hídrico

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San José.

El Tribunal Ambiental Administrativo cambió la forma de castigar a los infractores. Ahora los obliga a reparar el daño que causaron en vez de esperar la valoración económica, que puede tardar meses.

Esta es la nueva estrategia que aplica el Tribunal Ambiental Administrativo (TAA) desde mediados del 2016 a aquellas empresas o personas físicas declaradas responsables de contaminar, o bien afectar áreas protegidas o recurso hídrico.

La principal consideración es que los análisis para determinar el valor económico del daño recae en instituciones que no siempre tienen las posibilidades para realizar la tarea con prontitud, explicó Ligia Umaña, presidenta del TAA.

El efecto era un atraso en la resolución de los expedientes, a pesar de que incluso se realizaban apercibimientos a la instancia responsable de la valoración.

Entre las instituciones encargadas de la estimación están el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac), la Dirección de Aguas del Ministerio de Ambiente (Minae), en caso de que tenga relación con cuerpos de agua, o bien el Ministerio de Salud o al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cuando se trata de contaminación.

Según Umaña, ahora, al abrir un expediente administrativo los jueces centran las sanciones en cómo reparar el daño causado. Si bien se continúa con el proceso de valoración económica, esta ya no traba el proceso.

Por ejemplo, si hay una empresa o un particular responsable de cortar árboles junto a una naciente de agua y, sembrar algún cultivo en el área deforestada; se solicitará al Sinac la valoración. No obstante, si pasados "dos o tres pedidos" el Sinac no tiene listoel cálculo, el Tribunal ordenará a los infractores la reparación del daño.

"A veces era tan complejo este punto de la valoración económica que ni las entidades nos podían responder oportunamente. Esto atrasaba el procedimiento sin necesidad", explicó la presidenta del TAA.

Si bien la valoración económica del daño ambiental es importante y se solicita siempre, agregó la jueza, no necesariamente es una reparación adecuada. En cambio, el mecanismo introducido sí asegura una reparación en el propio lugar afectado.

"Sin valoración económica, incluso hemos hallado una solución que la misma legislación nos da para reparar ese daño", agregó.

El fundamento jurídico son los artículos 99 y 111 de la Ley Orgánica del Ambiente (Ley #7554), según los cuales el Tribunal puede dictar las medidas preventivas y correctivas necesarias en casos de daños ambientales.

El Tribunal se creó en 1995 por la Ley Orgánica del Ambiente (Ley N.° 7554) y empezó a operar en 1997 como órgano desconcentrado del Minae.

Su misión es conocer y resolver denuncias contra personas, públicas o privadas, por violaciones a la legislación del ambiente y los recursos naturales. También fija las indemnizaciones cuando se acreditan daños producidos contra la naturaleza.

En el 2014, al Tribunal ingresaron 370 expedientes y, en el 2015, entraron 209. La cifra repuntó en el 2016 cuando fueron 247.

Umaña explicó que las cifras han disminuido, según afirma, porque la entidad endureció los requerimientos de admisibilidad.

"Estamos siendo más concienzudos del mérito de las denuncias para que estas puedan llegar hasta el final satisfactoriamente. Anteriormente, debíamos descartar casos porque no eran pertinentes", comentó.

Para este año, el Tribunal ya acumula 82 expedientes abiertos y la expectativa es cerrar el 2017 con una cifra similar a la del año anterior.