Tribunal anula declaratoria de ilegalidad de huelga de educadores y la devuelve al Juzgado

Jueces de segunda instancia señalan falta de fundamentación en fallo de primera instancia, cuando se determinó que se trató de un movimiento con violencia

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El Tribunal de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José anuló la declaratoria de ilegalidad de la huelga de educadores y devolvió el proceso al Juzgado para un nuevo análisis.

De esta forma, el juez de primera instancia deberá, nuevamente, hacer la calificación del movimiento de protesta contra la reforma fiscal que este lunes cumplió 71 días.

Los jueces Luis Mesén, Adriana Chacón y Bettzabé Gutiérrez emitieron la resolución el viernes pasado y este lunes se dio a conocer.

“Todos los elementos probatorios que permiten la decisión del juzgador deben estar contenidos en el considerando de ‘hechos probados’; sin embargo, aun y cuando lo hizo en un apartado (anexo) hay una falta de consignación de análisis de los elementos de juicio para arribar a la conclusión adoptada”, señala el Tribunal.

La Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE) informó en sus redes sociales, la revocatoria de la ilegalidad de la protesta, y aseguró que había sido declarada legal; no obstante, poco después corrigieron, confirmó Roblin Apú, secretario de esta organización. La información confundió a los agremiados.

“Es un error a la hora de subir la parte esa, se subió eso y ya se corrigió inmediatamente en la página. Para nosotros es un triunfo jurídico importante de esta organización, nos están dando la razón diciendo que desde un principio tiene vicios de nulidad, los jueces establecen que son tantos los vicios que tiene, que ellos no podrían resolver una sentencia con lo que está ahí, entonces lo devuelven al juez de Trabajo para que elimine esos vicios de nulidad y pueda hacer la resolución”, añadió.

Una vez que trascendió esta resolución, el Ministerio de Educación Pública hizo un llamado a los docentes para que se reincorporen a las aulas “en busca del bien superior de los estudiantes y de la conclusión adecuada del curso lectivo 2018”.

Además, en un comunicado, ese despacho dijo ser respetuoso de los dispuesto por el Tribunal de Trabajo y quedó a la espera de la nueva decisión judicial.

"La calificación de la huelga es un trámite importante para el Ministerio. Sin embargo, por encima de la declaratoria de legalidad o ilegalidad están miles de estudiantes que tienen el derecho a recibir lecciones, conocer sus calificaciones y finalizar el año lectivo para continuar con su desarrollo educativo y social.

“En esa línea, el MEP seguirá enfocado en conseguir los registros de miles de estudiantes para poder asignarles un promedio anual, entregar los resultados de bachillerato a los 49.000 estudiantes de colegios académicos, dar las calificaciones de las pruebas de peritazgo a los 14.000 estudiantes de colegios técnicos profesionales y desarrollar del Festival Estudiantil de las Artes, entre otras actividades", agregó la entidad.

Largo camino

La huelga de educadores fue declarada ilegal desde el 9 de octubre por parte del juez Francisco Quesada, cuyo principal argumento fue que se trató de un movimiento no pacífico.

La resolución fue impugnada por los sindicatos de educación por lo que correspondió estudiar el caso al Tribunal.

No obstante, la semana pasada se conoció un intento de inhibitoria del juez Mesén, quien admitió haber compartido en sus redes sociales información contra la reforma fiscal. Chacón y Gutiérrez rechazaron la inhibitoria.

La Procuraduría presentó; sin embargo, una recusación contra los tres juzgadores, la cual también fue rechazada por otra sección del mismo tribunal, por considerar que faltaba objetividad.

Este mismo Tribunal revocó la ilegalidad de la huelga en la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope). La decisión se tomó luego de un primer intento de inhibitoria de Mesén y el rechazo de sus compañeras.

Otra devolución

Al igual que este caso, el Tribunal de Trabajo devolvió a primera instancia la declaratoria de ilegalidad de la huelga en el Consejo Nacional de Producción (CNP), del pasado 11 de octubre.

Los jueces Marniee Guerrero Lobato, Diamantina Romero y Juan Carlos Segura, integrantes del Tribunal de Trabajo de San José, concluyeron que la sentencia en primera instancia, dictada por Arnoldo Álvarez Desanti presentaba “múltiples yerros”, por lo cual decidieron devolverla para que se corrijieran los “desaciertos”.

A la fecha, no se conoce una nueva decisión del Juzgado de Trabajo.

No obstante, en las últimas semanas si han trascendido otras declaratorias. Fueron consideradas legales en segunda instancia la del Patronato Nacional de la Infancia, Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), aparte de Recope.

Entre tanto, la huelga en la Municipalidad de Santa Ana y en Correos de Costa Rica fue declaradas ilegales, pero sin que se permitiera el rebajo salarial de los empleados que dejaron de laborar en esos días.

Colaboró la periodista Patricia Recio.