Tres funcionarios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) descontarán solo siete días de suspensión sin goce de salario como sanción por aprobar cuatro convenciones colectivas que generaron beneficios ilegales para empleados municipales.
La conducta de los responsables, de apellidos Quesada Hernández, Salazar Carvajal y Muñoz Valverde, tuvo como consecuencia el pago de anualidades y cesantías por encima de lo permitido por la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, que rige desde diciembre de 2018. Esas tres personas ocupan puestos de jefaturas.
Las convenciones avaladas con esas condiciones son las correspondientes a los ayuntamientos de Desamparados y Pérez Zeledón, en San José; La Unión, en Cartago; y San Ramón, en Alajuela.
“Inicialmente se abrió un proceso disciplinario por la homologación de las convenciones colectivas de municipalidades que establecían parámetros de cesantía (y anualidades) por encima de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas. “Se hizo una investigación y se encontró que hay responsabilidad de los funcionarios por no acatar la ley de la República que ya estaba vigente en ese momento”, confirmó Geovanny Díaz, vocero del Ministerio de Trabajo a La Nación.
Además de esos tres jefes castigados se impuso una suspensión de dos días sin goce salarial contra otros dos empleados de apellidos Solano González y Vega Sánchez.
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Los efectos
Como resultado de la decisión de esos funcionarios de Trabajo, en el gobierno local de La Unión, por ejemplo, se paga cesantía hasta de 20 años, cuando la reforma fiscal recortó ese tope a 8 años, y 12 años en el caso de que el trabajador esté protegido por convención.
La Sala IV también había declarado inconstitucionales las cesantías superiores a los 12 años por “irracionales y desproporcionadas”.
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En los ayuntamientos de San Ramón y Pérez Zeledón se paga un 3% de anualidad sobre el salario base. La ley no solo eliminó el pago porcentual de este sobresueldo, sino que estableció la forma de calcularlo. Por ejemplo, para empleados profesionales se pagará un 1,94% del salario base a enero de 2018; en el caso de no profesionales será de 2,54%.
Para dejar sin efectos esos artículos de las convenciones colectivas, la Procuraduría General de la República (PGR) tendrá que iniciar procesos de lesividad, que tardan años en resolverse.
Es decir, un mecanismo judicial mediante el cual el Estado revierte un acto propio por considerarlo dañino o lesivo.
Otra de las opciones es que las municipalidades negocien una nueva convención colectiva, sin embargo, para hacerlo requiere un acuerdo de la Administración y la representación de los trabajadores.
El Ministerio de Trabajo confirmó que interpondrá el proceso de lesividad a través del abogado del Estado.
“Al haber sido homologadas por el Ministerio de Trabajo las convenciones colectivas están vigentes; sin embargo, se va a iniciar el proceso de lesividad mediante la Procuraduría, que es la que puede presentar procesos de lesividad ante los tribunales de Trabajo para anular estas cláusulas y adecuarlas a lo establecido en la ley”, señaló Díaz.
La Nación intentó consultar a la jerarca de Trabajo, Geannina Dinarte, pero la oficina de prensa indicó que sobre este asunto solo se va a referir el vocero asignado.