Medio año después, siete instituciones aún esperan declaratoria del movimiento de huelga

Tribunales de trabajo resolvieron que la protesta era ilegal en otras ocho entidades, pero no permitieron el rebajo de salario a huelguistas

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Medio año después del inicio de la huelga contra la reforma fiscal, siete instituciones públicas todavía desconocen si los movimientos que afectaron sus labores y al público fueron legales o ilegales.

Tras 190 días, los tribunales no han emitido resoluciones definitivas sobre las declaratorias de ilegalidad planteadas por las administraciones.

Este es el caso del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), el Consejo de Transporte Público (CTP), el Ministerio de Salud, los Cen-Cinái, el Ministerio de Justicia, el Consejo Nacional de Producción (CNP) y la Asamblea Legislativa.

La declaratoria de ilegalidad de una huelga le permite a una institución pública exigir a sus trabajadores la deposición del movimiento y el retorno a sus funciones en un plazo de 24 horas.

Para este movimiento que se inició el 10 de setiembre de 2018, los trabajadores volvieron a sus puestos más como resultado de negociaciones con el Ministerio de Trabajo y los jerarcas institucionales que por las sentencias.

De hecho, ocho resoluciones de ilegalidad de huelga llegaron cuando ya los trabajadores estaban en sus puestos, por lo que la declaratoria no tuvo mayor efecto.

Tampoco hubo consecuencias en cuanto a rebajos salarios, pues los jueces señalaron la imposibilidad de emitir sanciones retroactivas a la declatoria.

Los jueces laborales interpretaron que, según la Reforma Procesal Laboral, las instituciones solo pueden rebajar salarios a partir de la resolución y no por los los días, semanas o meses que un trabajador se ausenta de sus labores para irse de huelga.

Eric Briones, doctor en Derecho Laboral, afirmó: “Que es justo, injusto o que no debió ser... en eso no me meto, pero así lo establece la legislación, por eso hay proyectos de ley en ese sentido. Entonces lo que hay que hacer es modificar la ley, para que diga a partir de qué momento se deben hacer los rebajos”.

Entonces, si las declaratorias de ilegalidad no funcionaron para llamar de vuelta a los trabajadores, ni tampoco para rebajarles los salarios por sus ausencias en caso de protestas ilegales, ¿de qué sirvieron las resoluciones de los tribunales de trabajo?

Para el jefe de fracción del Partido Liberación Nacional (PLN), Carlos Ricardo Benavides, la respuesta es “de nada”. Es por esa razón que se deben aplicar cambios importantes en la Reforma Procesal Laboral para impedir que esta experiencia con la huelga del plan fiscal se repita en el futuro.

“La legislación que tenemos no sirve para nada en términos prácticos. Es decir, la solución legal no es una solución, sino un pretexto para que la gente se vaya a la huelga sin ninguna consecuencia, incluso a sabiendas de que están actuando de forma ilegal", manifestó Benavides.

Para Briones, precisamente, la experiencia de la última huelga debe servir a los diputados para crear proyectos de ley y llenar los vacíos legales actuales, sin embargo, también considera que hay que destacar los puntos de la Reforma Procesal.

“Antes de la Reforma Procesal Laboral, no se establecía qué pasaba si una huelga era declarada ilegal y lo que se hacía era que cada sindicato negociaba con su patrono la no imposición de represalias. Ahora, se deja claro que deben regresar a sus funciones después de 24 horas, sino pueden ser despedidos”, expresó Briones.

Proyectos de ley sobre huelgas en discusión

En esa línea, Carlos Ricardo Benavides presentó un proyecto de ley para agilizar las declaratorias de ilegalidad, con el objetivo de que cumplan su función de llamar de vuelta a trabajadores a retomar sus funciones. Su iniciativa también permitiría la disolución de sindicatos que promuevan y organicen bloqueos de vías.

Además, rebajaría los salarios en forma retroactiva a quienes participen en huelgas que sean declaradas ilegales, es decir, calculando el rebajo desde el primer día en que se unieron al movimiento.

“Lo contrario es un incentivo perverso, para irse a huelga sin cumplir el más mínimo de los requisitos legales a sabiendas de que se va a ir sin consecuencia alguna”, aseveró.

Su compañera de bancada, la diputada Yorleny León, también presentó una iniciativa de ley para crear una lista de servicios esenciales, para eliminar la subjetividad a la hora de calificar los movimientos en los tribunales entre legales o ilegales.

Con esta iniciativa de ley, se incluirían, por ejemplo, el suministro de combustibles, agua potable, alimentos, electricidad y medicamentos, además de los servicios de aeropuertos nacionales e internacionales, la seguridad ciudadana, la educación pública y la resolución jurisdiccional de conflictos.

“Si estuviera así específico, no habría tanta subjetividad en el Poder Judicial a la hora de darle la calificación a la huelga, porque ya tendríamos un marco jurídico establecido, eso daría seguridad jurídica al país”, aseguró el viceministro de Trabajo, Ricardo Marín.

También, serían servicios esenciales los comedores escolares, la recolección de basura y la atención médica de menores en la red de cuido, así como la educación pública. La carga y descarga de muelles y atracaderos se convertirá en un servicio esencial cuando se trate de bienes de los cuales dependa directamente la vida, la salud y la seguridad de las personas.

“La Organización Internacional de Trabajo (OIT) ha dicho que los servicios esenciales son los que tienen que ver con la vida, la salud y la seguridad, pero que no obstante, cada país es libre para definir de acuerdo con sus necesidades e idiosincrasia, qué es un servicio esencial”.

“La OIT ha dicho que la educación, de entrada, no es un servicio escencial; no obstante, si se mantiene en tiempo una paralización podría conllevar a que se vea como servicio esencial. Acordémonos que muchos niños se alimentan cuando van a la escuela o al colegio. Es cuestión de que las partes se pongan de acuerdo para declararlo esencial”, manifestó el experto en materia laboral.