Así funcionará directriz de teletrabajo para prevenir contagio de coronavirus en centros laborales

Mandato emitido por Presidencia es de acato obligatorio en ministerios; recomiendan a todo el sector público y privado sumarse a medida

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Con el fin de prevenir el contagio del nuevo coronavirus en los centros laborales, el Gobierno anunció nuevos lineamientos este lunes.

Se trata de una directriz, de acatamiento obligatorio para los ministerios, con el fin de que todos los empleados en puestos teletrabajables, desempeñen sus funciones de forma remota desde sus hogares, a partir de este mismo martes.

Ese documento también hace una excitativa a las entidades autónomas, municipalidades y poderes del Estado, a sumarse a esa medida para evitar focos de contagios del nuevo virus que mantiene en alerta al mundo.

Asimismo, invita a las empresas del sector privado a adoptar esta indicación, en las medidas de sus posibilidades.

“Es una medida preventiva. También se invita al sector privado para que pueda adoptar medidas de prevención en este sentido. Esto para minimizar los posibles contagios”, afirmó el presidente Carlos Alvarado.

El Gobierno también se comprometió a publicar una directriz este lunes para extender las incapacidades a los trabajadores públicos y privados que puedan ser aislados por orden de salud, aun sin tener síntomas o confirmación de su contagio de covid-19.

La llegada de este virus al país evidenció un vacío en la legislación laboral costarricense, pues no posee una licencia con cobertura salarial para las personas que puedan verse obligadas a aislarse mientras se confirma o se descarta que son portadoras del virus.

Las incapacidades únicamente cubren a quienes se ven afectados en su salud por esta u otra enfermedad.

Sin embargo, al cierre de la sesión del Centro de Operaciones de Emergencias (COE), la noche de este lunes, las autoridades no lograron concretar un documento oficial.

Estos lineamientos se publicarán en días posteriores, indicó la oficina de prensa del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).

Lo que sí empezó a regir de inmediato fue la directriz para que empleados públicos de ministerios laboren desde sus hogares.

Esta medida es complementaria a las ya anunciadas por las autoridades de salud, para que se garantice el aseo en todos los centros laborales.

Teletrabajo

Los ministerios tendrán que levantar la lista de todos los puestos que pueden desempeñar sus funciones de forma remota y coordinarán las labores que deben cumplir los servidores públicos desde sus hogares.

La medida se mantendrá hasta nuevo aviso del Ministerio de Salud.

“Se instruye a todas las instancias ministeriales y se insta a las instituciones de la Administración Pública Descentralizada a implementar temporalmente y en la medida de lo posible durante toda la jornada semanal, la modalidad de teletrabajo en sus respectivas instituciones, como medida complementaria y necesaria ante la alerta de coronavirus, mediante procedimientos expeditos", señala el documento.

En un plazo de cinco días, las instituciones deberán comunicarle al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) la cantidad de funcionarios que laborarán bajo esta modalidad.

Además, instruye a todas las instituciones a que aseguren la continuidad de los servicios públicos.

Esto significa que encargados de servicio al cliente u operadores, por ejemplo, no pueden hacer teletrabajo por las características de sus funciones.

Aunque no es de acato obligatorio, las entidades autónomas, municipalidades y poderes del Estado, están llamadas a implementar estas mismas medidas.

Empresas privadas

La invitación para prevenir focos de infecciones del nuevo coronavirus en centros laborales se extiende también al sector privado.

En todo caso, tanto patronos como trabajadores deben guiarse por lo estipulado en la Ley que Regula el Teletrabajo.

Según esta normativa, la modalidad de trabajo remota debe estar regulada en el contrato del trabajador o en un anexo que se le puede hacer en ese acuerdo laboral.

Los patronos deben acordar con sus colaboradores un método de medición para compensar a la persona en teletrabajo la electricidad y el Internet utilizados para el desarrollo de sus funciones desde casa.

El empleador también debe aportar el equipo informático para esas funciones.

Sin embargo, la legislación también permite que el trabajador, voluntariamente, asuma esos costos por cuenta propia. En esos casos, así debe consignarse en el contrato o adenda.

La persona que realice teletrabajo también tiene obligaciones. Por ejemplo, tendrá que mantenerse localizable tanto para sus jefes como para sus compañeros, durante toda la jornada laboral.

De otra forma, podría incurrir en abandono de trabajo, lo que podría castigarse con despido sin responsabilidad laboral.

El beneficio podría ser retirado al trabajador previo notificación de 10 días de antelación, sin que eso signifique la ruptura laboral.