Juzgado de Trabajo declara ilegal huelga en el CNP, la primera de 32 solicitudes planteadas

Ministro de Trabajo declina comentar cómo impacta declaratoria emitida ayer a las 5 p. m. en las negociaciones de este sábado

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El Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José declaró ilegal la tarde de este viernes la huelga de los trabajadores del Consejo Nacional de la Producción (CNP) contra el proyecto de reforma fiscal. Esta es la primera resolución entre 32 entidades públicas que solicitaron dicha declaratoria.

El ministro de Trabajo, Steven Núñez, confirmó la información que también ya consta en el Sistema de Gestión en Línea del Poder Judicial, donde se aprecia que la resolución se emitió este viernes a las 5:21 p.m.

La sentencia que declara con lugar la ilegalidad del movimiento en esa entidad la firmó el juez Arnoldo Álvarez Desanti conforme la solicitud que presentó la entidad, bajo el expediente 18-002087-0173-LA del 12 de setiembre anterior.

Núñez declinó comentar cómo impacta esa decisión las negociaciones que él lidera con los sindicatos que, este sábado, entran en su cuarta jornada a mitad de la tarde y todavía sin acuerdo para deponer el movimiento de presión.

La declaratoria representa más presión para los líderes gremiales, pues podría convencer a los trabajadores en paro a regresar a sus puestos.

“Tenemos conocimiento que ayer pasadas las 5 p. m. se declara con lugar la solicitud de ilegalidad de la huelga del CNP. Toda solicitud de ilegalidad que hizo el Gobierno se hizo apegada a la legalidad y este fallo lo ratifica, para efectos de las negociaciones, le digo que continuaremos hoy. Ayer hubo avances y esperamos conseguir más hoy”, comentó Nuñez.

Rogis Bermúdez, presidente del CNP, señaló que en este momento van a seguir el debido proceso y además están a la espera de las indicaciones a seguir que vendrían tanto desde Casa Presidencial como del propio Ministerio de Trabajo.

“Básicamente vamos a esperar, tenemos ya el fallo. Seguiremos el procedimiento que nos indique el Ministerio de Trabajo, esperamos que sea desde ahí que se nos oriente. Evidentemente vamos a dar el tiempo que dicta la ley para el proceso que sigue. Esperaremos las líneas que emanen de Casa Presidencial; justo hablé con el presidente Carlos Alvarado hace unos 15 minutos”, confirmó Bermúdez a las 2 p. m.

En el CNP trabajan 518 funcionarios, de los cuales 78 se unieron a la huelga el 12 de setiembre, un 15% del total de planilla, informó Casa Presidencial.

“El Gobierno de la República reitera la obligación de hacer cumplir el ordenamiento legal, y en este caso, el Código de Trabajo y su reciente Reforma Procesal Laboral, que definen los requisitos de forma y fondo que se deben respetar, si se busca que una huelga sea legal”, comunicó este sábado Presidencia.

En la sentencia, en poder de este diario, el juez Álvarez Desanti indica que un movimiento a nivel nacional, que reprocha un proyecto de legislación, no está incluido dentro la relación obrero patronal.

Es imposible que el CNP, señala el documento, “agrade a sus trabajadores, aún estando de acuerdo, ya que la institución no puede obligar al Ejecutivo, ni a la Asamblea, de legislar de una manera u otra, o de proponer leyes de distinto tipo”.

“La huelga está diseñada para resolver problemas entre patronos y trabajadores, y este no es el caso. Se trata de un tema de carácter nacional que involucra muchos actores, no pueden los sindicalistas, aprovechar la desaveniencia para protestar contra su patrono”, se lee en el documento de la sentencia en primera instancia.

Y agrega el juez Álvarez Desanti: “Quieren marchar, que lo hagan. Quieren protestar, que lo hagan. Pero esta situación de hecho no es una huelga, desde el punto de vista del derecho laboral, y por ende es ilegal, y no puede llevarse a cabo dentro del horario de trabajo. Se dicta sin condena en costas”.

Gilberto Cascante, presidente de la Asociación Nacional de Educadores (ANDE), aseguró que la declaratoria “no significa que nosotros no tengamos una respuesta legal para ese procedimiento. Aquí nadie tiene miedo y aquí nadie dijo atrás”.

Declaró que este sábado tuvieron consejo nacional de representantes en ANDE, donde detallaron todas las negociaciones que han hecho con el Gobierno.

"No lo hemos hecho público por respeto con los señores. Pero en realidad para nosotros es importante que la gente sepa que hemos estado luchando, que hemos dado propuestas y es el Gobierno el que es intransigente a esas propuestas", señaló Cascante.

Luis Chavarría, secretario general de la Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social (Undeca), dijo que el veredicto del juzgado del trabajo “es un simple trámite, los sindicatos pueden seguir apelando. No es cierto que la gente tiene 24 horas para integrarse, todo esto lleva un procedimiento”.

Este sábado la Unión Sindical y Social se reunieron por cuarta ocasión con el Gobierno, con la mediación de la Iglesia Católica, en el Colegio de Abogados.

Es la cuarta reunión preliminar. Las partes han mantenido reuniones desde el miércoles anterior sin lograr un acuerdo que ponga fin a la huelga.

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¿Qué sigue?

Al pedirse la declaratoria de ilegalidad, una vez que el patrono presenta la solicitud, el juez tiene 24 horas para decidir si le da curso o no.

Si le da curso, notifica a los sindicatos y a partir de la notificación, los sindicatos tienen tres días hábiles para presentar prueba en defensa del movimiento, explicó el abogado laboralista Marco Durante.

Recibida la prueba, el juez puede hacer la declaratoria o bien llamar a audiencia para recibir prueba. Tomada la decisión del juez, cualquiera de la partes (patrono o sindicato) pueden presentar recurso de apelación. Solo cuando se resuelva el recurso, el fallo quedará firme.

Una vez concluido este proceso, en caso de que se declare de forma definitiva que la huelga del CNP es ilegal, los empleados tienen 24 horas después de la notificación para retornar a sus labores. Solo en caso de no regresar, el patrono podría despedirlos sin responsabilidad laboral, explicó Durante.

Además, si el empleado regresa en las 24 horas siguientes, el patrono sí podría iniciar un proceso para recuperar los salarios pagados durante el tiempo de huelga. Esto es, descontar los salarios de estos por los días que estuvieron ausentes.

“Mientras no haya declaratoria de ilegalidad, el patrono no puede tomar represalias”, explicó el abogado.