El salario base que se utilizará a partir del 1.° de enero de 2021 para imponer multas y penas será de ¢462.200.
Dicho ajuste representa un aumento de ¢12.000 en comparación con el monto que rige hasta el 31 de diciembre de 2020.
El salario base fue fijado por el Consejo Superior del Poder Judicial, en la sesión N° 119-20 del 15 de diciembre pasado.
La suma sirve como parámetro para la determinación de diversas penas establecidas en el Código Penal, Código de Trabajo, así como las leyes de Aranceles del Registro Público, de Impuesto a las Personas Jurídicas y de Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Asimismo en las legislaciones sobre Propiedad en Condominio, Pensiones Alimentarias, Derecho de Propiedad Intelectual, Patrimonio Histórico y Concesiones.
Por ejemplo, se utiliza para establecer si una persona incurrió en conductas como hurto agravado, robo simple o estafa, reguladas por el Código Penal.
En el caso de hurto agravado, el artículo 209 de la legislación penal señala que “se aplicará prisión de un año a tres años, si el valor de lo sustraído no excede de cinco veces el salario base”.
Al considerar el monto vigente para 2021, podría aplicársele esa pena a una persona que hurta bienes calculados en ¢2,3 millones o menos. Si el valor supera esa suma, el castigo puede ser hasta de 10 años.
El Código de Trabajo establece multas a los patronos que incumplan con derechos laborales básicos, como el no pago de aguinaldo, por ejemplo.
El salario base para multas es el equivalente al sueldo mensual sin pluses del puesto “Oficinista 1”
Se establecen multas de entre 1 y 23 salarios base a los patronos que retengan el derecho laboral, según la gravedad de su acto.
Es decir, las multas podrían ir de ¢462.200 hasta los ¢10,6 millones.
Por su parte, la Ley de Pensiones Alimentarias señala que para el obligado no asalariado, la prestación alimentaria aumentará cada año en un porcentaje igual a la variación de este salario base.
Es decir, a los alimentantes no asalariados la pensión les aumentará 2,67% en 2021.
Si la pensión actual fuera de ¢100.000, el aumento automático para el próximo año sería de ¢2.670.
De acuerdo con la legislación nacional, la denominación de salario base corresponde al sueldo mensual sin pluses del puesto “Oficinista 1”, que aparece en la relación de puestos de la Ley de Presupuesto Ordinario de la República.