Los trabajadores que sean contratados para laborar durante la época navideña deben ser asegurados por sus patronos, advirtió la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
La directora de Inspección de la entidad, Odilie Arias Jiménez, manifestó que los patronos están en la obligación de cumplir con el aseguramiento de sus trabajadores, según lo establece el artículo 3 de la Ley Constitutiva de la CCSS.
Dicho artículo señala que 'las coberturas del Seguro Social son obligatorias para todos los trabajadores manuales e intelectuales que perciban sueldo o salario'.
"Aunque la contratación laboral sea por una temporada corta, esta obligatoriedad se da a partir del momento en que se inicia la prestación del servicio por parte del trabajador", explicó Arias.
La funcionaria agregó que, iniciado el funcionamiento del seguro, los patronos deberán empadronar ante la Caja a sus trabajadores dentro del plazo y condiciones que establezca la Junta Directiva”.
Además, es obligatorio reportar los montos salariales reales que devenguen los trabajadores.
Arias añadió que el patrono no debe promover un aseguramiento indebido, ni tampoco el trabajador debe permitirlo; toda vez que el aseguramiento en la modalidad independiente procede únicamente en los casos en que el trabajador manual o intelectual desarrolla por cuenta propia algún tipo de actividad generadora de ingresos.
Un trabajador asegurado cuenta así con la cobertura del seguro de salud, prestaciones económicas, aporte al Fondo de Capitalización Laboral, Ley de Protección del Trabajador y Cesantía, entre otros.
En contraste, los patronos que incumplen con esta obligación o den falsos salarios de sus trabajadores, se exponen al cobro de multas, facturación por el cobro de los servicios médicos de sus trabajadores y confección de planillas adicionales por los períodos por los montos omitidos.