Nuevo reglamento prevendrá compra ‘hormiga’ de cilindros de gas para reventa ilegal

Envases se guardan en casas o comercios sin medidas de seguridad: aumenta riesgo de fugas, precios sin autorización y competencia desleal

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El reglamento de comercialización de gas impondrá controles a partir de la otra semana para que el precio de venta sea el mismo en todos los puntos.

Las medidas intentan evitar el transporte y almacenamiento de cilindros de gas por parte de particulares que se presentan en plantas envasadoras, como si fueran consumidores finales, a comprarlos a un menor costo. Sin embargo, luego los revenderlo.

Esto es lo que se conoce como “hormigueo”.

Esta dinámica de compra en la planta conduce al trasiego y almacenamiento de cilindros sin garantías de seguridad.

El decreto ejecutivo N°41150 MINAE-S, Reglamento General para la Regulación del Suministro del Gas Licuado de Petróleo, tiene como objetivo garantizar un abastecimiento seguro al usuario final mediante un precio único en cualquier punto de venta.

Así la normativa, emitida por los ministerios de Ambiente y Energía (Minae) y de Salud, persigue acabar con el “hormigueo”.

Según la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos (Aresep), los cilindros adquiridos en las plantas mediante el “hormigueo”llegan a guardarse en casas o comercios donde se “ordeñan” por medio del trasvasado ilegal; por lo que existe un alto riesgo para las personas y propiedades donde se realiza la actividad.

La práctica aumenta el riesgo de fugas, problemas de cantidad, cilindros en mal estado, venta a precios sin autorización y competencia desleal entre distribuidores y comercializadores formales.

Por ejemplo, entre los nuevos requerimientos del reglamento está la obligación de formalizar los contratos comerciales entre envasadores, distribuidores y comercializadores.

Esto también aplica para contratos de transporte, distribución y venta de cilindros de gas que en adelante deberán contar con la autorización del Minae y el Ministerio de Salud y bajo fiscalización de la Aresep.

La norma además fija, a partir del 17 de mayo, un precio máximo único del gas al margen del punto de venta, según el tipo de cilindro.

Cualquier precio menor en la venta solo se aplicará entre la planta envasadora y distribuidores en el marco de contratos entre partes previamente autorizados por Minae.

Esto eliminar un precio menor a particulares y que genera el “hormigueo”.

Según la Aresep, la última encuesta de usuarios de servicios públicos de 2018 señala que, de todos los hogares que utilizan gas para cocinar, 66% lo compran a un comercio, 32% en distribuidores y 2% lo adquiere en la planta envasadora.

El cilindro de mayor demanda entre la población de usuarios (94,6% del total) es el de 11,34 kilogramos (25 libras).