Multa por falso adelantamiento o manejar con alcohol queda en ¢326.701 a partir de enero

Alza de ¢7.750 respecto al monto actual resulta del ajuste de 2,43% en índice de precios al consumidor

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A partir de enero, los conductores que pongan en peligro a otras personas por conducir bajo los efectos del alcohol, por adelantamientos indebidos o transitar por encima de los 120 kilómetros por hora recibirán una multa de ¢326.701. La infracción sube así ¢7.750 respecto al monto actual.

El Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) confirmó el cambio según el cual, para el 2020, todas las multas tendrán un aumento de 2,43% en sintonía con el ajuste del índice de precios al consumidor (IPC), acumulado a junio de este 2019.

Este porcentaje que divulga el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) sirve de referencia al Poder Judicial para modificar el costo de las multas, sea cuando ocurre una reducción, como en el 2017 o un aumento, como ocurrirá en el 2020.

Las variaciones de los montos de infracciones las aprobó el Consejo Superior del Poder Judicial y se publicaron en el Boletín Judicial el pasado 21 de noviembre, explicó la oficina de prensa del MOPT en un comunicado.

Otras infracciones que reciben ese monto de ¢326.701 por ser las faltas más sensibles (Categoría A) incluyen a quien conduzca con licencia suspendida por infracciones, quien adelante en curvas, intersecciones, cruces de ferrocarril, puentes, túneles, pasos a desnivel, por el espaldón o por el costado derecho.

También para conductores que infrinjan la prohibición de giro en U y giro a la izquierda en lugares donde haya señalamiento vertical y horizontal.

En el caso específico de las sanciones más bajas (Categoría E) el incremento será de ¢555,49 entre las cuales se contempla la violación a la restricción vehicular, uso de autoparlantes frente a clínicas y hospitales, no ceder paso a peatones, evadir peajes o presionar con la bocina a otro conductor.

Esa infracción pasará de ¢22.860 a ¢23.415,49.

Los nuevos montos aplican para las multas confeccionadas a partir del 1.° de enero de 2020.

En el caso de multas para infracciones Categoría B, estas pasan de ¢215.536,65 a ¢220.774,65; un incremento de ¢5.238. Estas infracciones se imponen al conductor que permita que personas menores de doce años, de menos de 1,45 metros de estatura viajen sin usar el dispositivo especial de seguridad.

Es la misma multa para conductores que incumplan la señal de alto en una intersección, la luz roja de un semáforo o que circulen un vehículo con placas alteradas, las placas de otro vehículo, o que sean falsas.

Multas Categoría C aumentaron de ¢107.768,32 a ¢110.387,09; esto representa un adicional de ¢2.618,77.

Estas infracciones recaen sobre conductores que conduzcan vehículos de carga pesada en zonas urbanas y suburbanas sin autorización del MOPT, cuando el vehículo avance sin las luces reglamentarias encendidas (de 6 p. m. a 6 a. m. o en ocasiones cuando se dificulta la visibilidad), o a quienes circulen sobre aceras o adelanten otro vehículo que se haya detenido frente a una zona de paso para peatones.

Por último, las multas Categoría D pasarán de ¢53.339,95 a ¢54.636.04; esto es un extra de ¢1.296. Estas se imponen por infringir las señales horizontales o verticulares o irrespetar indicaciones para circular en rotondas.

El MOPT aclaró que, aunque se paguen en el 2020, quienes reciban una sanción en el 2019, hasta el 31 de diciembre, tendrán que pagar el monto establecido para ese año. Solo se aplica el nuevo monto para las multas confeccionadas a partir del 1.° de enero próximo.