Estado conocía contaminación de agua con bromacil pero la desatendió

Sala IV ordena a 6 instituciones sanear fuentes de agua contaminadas con herbicida en Río Cuarto

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La Sala IV ordenó a seis instituciones iniciar el saneamiento de seis nacientes que abastecían a los habitantes de Río Cuarto de Alajuela, contaminadas con el herbicida bromacil, el cual se usó masivamente en Costa Rica para eliminar maleza en cultivos de piña.

A inicios del 2016, el Instituto de Acueductos y Alcantarillados (AyA) ordenó el cierre preventivo del sistema de suministro de agua para unas 13.000 personas en estas comunidades.

En la Sentencia N° 2019-000695 del 18 de enero, la Sala declaró con lugar el recurso de amparo número 18-016614-0007-CO de las Asociaciones de Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Sanitarios de Santa Rita, La Tabla y Santa Isabel de Río Cuarto de Alajuela.

Estas organizaciones denunciaron violación al derecho a la salud y a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

Los magistrados declararon con lugar el recurso luego de acreditarse que, hace años, todas las instituciones involucradas conocían la existencia de denuncias por riesgo de contaminación de diversas nacientes en las comunidades afectadas.

Pese a ello, las entidades “incumplieron su obligación, en atención al principio de coordinación interinstitucional en materia ambiental y del principio precautorio, de atender la situación con la premura necesaria para este tipo de problemas”.

Las instituciones aludidas son el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), el Tribunal Ambiental Administrativo, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae), el Servicio Fitosanitario del Estado y el Ministro de Agricultura y Ganadería (MAG).

La desatención institucional derivó “en una crisis del servicio de agua potable en la zona, ante la salida de operación de las nacientes Brenes, Nicrodal, La Flor del Acueducto de Santa Rica, La Flor del Acueducto de Santa Isabel, La Culebra y Nicolás Rodríguez, por contaminación por agroquímicos”, indicó la Sala Constitucional en un comunicado.

Ante el escenario actual, los altos jueces ordenaron que, en forma inmediata, estas entidades inicien el proceso de saneamiento y eliminación de residuos de agroquímicos de las fuentes de agua que abastecen a las comunidades de Santa Rita, La Tabla y Santa Isabel de Río Cuarto de Alajuela.

Deben crear un plan único en conjunto, pero el principal responsable de su creación y completo cumplimiento será el Ministerio de Salud.

Además, mientras el proceso de saneamiento concluye, deben dictarse las órdenes necesarias para mantener la continuidad del servicio de agua potable a las poblaciones afectadas.

Prohibido

El herbicida bromacil fue prohibido mediante Decreto Ejecutivo 40423-MAG-MINAE-S publicado en La Gaceta el 5 de junio de 2017.

En aquella oportunidad, el Ministerio de Agricultura y Ganadería informó en un comunicado de que “la decisión se toma tras considerar que, debido a sus propiedades fisicoquímicas, el bromacil, usado en muchas fincas productoras de piña, tiene un alto riesgo de contaminar aguas subterráneas”.

El comunicado del Ministerio señaló entonces que, dada la extensa área de piña sembrada en el territorio nacional, donde se usa el herbicida, había altas probabilidades de contaminar acuíferos y afectar poblaciones humanas.

En el pasado, este producto fue muy utilizado en plantaciones piñeras para el combate de las malas hierbas; empero, en este caso se desconoce el origen de la contaminación.