Transportistas aumentan flotilla de buses al 50% ante hacinamiento en horas pico

Medida del Consejo de Transporte Público se da ante molotes en paradas de buses e imágenes de pasajeros que viajan de pie en media pandemia

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Las fotografías de decenas de personas haciendo fila para tomar un bus o de pasajeros de pie dentro de las unidades, obligaron al Gobierno a aumentar de 20% a 50% el número de autobuses de cada empresa que ofrece transporte en los 53 cantones en alerta naranja por la pandemia.

La orden en los cantones de la Gran Área Metropolitana (GAM) era reducir al 20% la flotilla en operación para, a su vez, disminuir la movilización de personas y así recuperar el rastro los infectados por la covid-19.

Sin embargo, esa medida llevó a la saturación del servicio, ante lo cual, la noche de este lunes el Consejo de Transporte Público (CTP) emitió un ajuste. La directriz dice:

“A los concesionarios y permisionarios de ruta regular, cuya operación ordinaria se encuentra dentro de los cantones con Alerta Naranja, se les informa que a partir del martes 14 y hasta el viernes 17 de julio se establecen ajustes temporales al sistema de operación de “rutas regulares” en los siguientes aspectos:

“Rutas regulares con recorridos menores a setenta y cinco (75) kilómetros: se ajustan en el sentido que: a partir de martes 14 y hasta el viernes 17 de julio de 2020, deberán mantener las operaciones entre un rango del veinte por ciento (20%) y hasta un cincuenta por ciento (50%) del servicio en la ruta(s) autorizada(s).

“Los operadores podrán administrar la frecuencia de servicios y realizar los ajustes adicionales operativos que sean necesarios para el cumplimiento de los porcentajes mencionados, debiendo reforzar las horas “pico” (de mayor demanda entre las 4:30 a.m. y las 8:30 a.m. – y 16:00 p.m. y las 20:00 p.m.) respecto a las horas “valle” (menor demanda).

“Ante ese escenario se deben de tener las siguientes consideraciones:

1. Deben mantenerse los primeros y últimos servicios para garantizar a los usuarios el traslado requerido. No podrán suspender servicios en ningún momento, lo que si pueden hacer es adecuarlos a las circunstancias operativas y de cumplimiento a la protección de la salud de las personas de conformidad con la restricción sanitaria evitando, en la medida de las posibilidades operativas, aglomeraciones en los puntos de paradas.

2. La capacidad permitida dentro de las unidades de movilización es el 100% de pasajeros movilizados sentados, es decir se mantiene la restricción de NO llevar pasajeros de pie. Además, deberán los conductores de velar por obligatoriedad del uso de mascarillas o caretas, con sus debidas excepciones como les han sido comunicadas con anterioridad.

3. Deberán de informar a los usuarios, que atienden en sus respectivas rutas, los ajustes a la operación de los servicios que mantendrán durante los días de restricción establecidos”.