Después de que la Corte Suprema de Justicia notifique, de forma oficial, a la Asamblea Legislativa que encontró al magistrado Celso Gamboa responsable de faltas gravísimas en su cargo, se requeriría que los diputados completen siete pasos para revocar el nombramiento del alto juez en la Sala Tercera.
Si bien no existe un procedimiento establecido en el Reglamento Legislativo o en la Constitución Política para despedir a un magistrado, los parlamentarios se basarían en el trámite que el Congreso definió para revocar la designación de Óscar González en la Sala I, en julio del 2014,
Este es el único antecedente que hay sobre la destitución de un alto juez.
Dicho procedimiento se construyó con base en los artículos 189, 190 y 191 del Reglamento Legislativo, principalmente.
El pasado 22 de febrero, 20 magistrados de la Corte Plena acordaron enviar a la Asamblea Legislativa una recomendación para revocar el nombramiento de Gamboa.
Así lo resolvió, con una mayoría de 20 votos, tras conocer el resultado de una investigación sobre las circunstancias en que el magistrado viajó a Panamá, en octubre del 2016, junto con el empresario Juan Carlos Bolaños, quien guarda prisión preventiva mientras la Fiscalía lo investiga por cuatro presuntos delitos, entre ellos, el tráfico de influencias, por el caso de la importación de cemento chino.
Celso Gamboa está suspendido de sus funciones con goce de salario desde el 18 de octubre del 2017.
Primeros pasos
Una vez que la resolución de los magistrados ingrese a la Secretaría del Directorio legislativo, dicho órgano deberá conformar una comisión con tres diputados de distintos partidos políticos.
El segundo paso consistirá en que dicho panel rinda, en un plazo máximo de 30 días hábiles, un informe y emita una recomendación al plenario sobre la solicitud de la Corte.
Una vez que llegue al máximo órgano de la Asamblea Legislativa, compuesto por los 57 diputados, el dictamen se leerá, discutirá y votará.
Dicho informe ingresará al orden del día del plenario en el primer lugar del punto b) de los asuntos de control político, lo cual implica que se suspenderá el espacio de control político habitual, y se ampliará la primera parte de la sesión hasta que se someta a votación final.
En cuarto lugar, el procedimiento dispone que la sesión en la que el plenario discutirá el informe será secreta. Allí podrá apersonarse el magistrado Gamboa, quien tendrá derecho a hacer uso de la palabra hasta por 30 minutos para defenderse.
Sin embargo, para que la sesión efectivamente sea secreta, el plenario deberá forzosamente aprobar una moción de orden que así lo proponga. Esa moción deberá recibir el apoyo de, al menos, dos tercios de los diputados presentes.
Posteriormente, la discusión del informe de la comisión sobre la revocatoria del magistrado se hará mediante un debate reglado. Es decir, que cada fracción tendrá un tiempo proporcional al número de diputados que tiene.
Este es el paso más extenso del proceso en el plenario, pues cada fracción tendrá una hora para referirse por el fondo a las recomendaciones.
Cuando se termine el tiempo del debate reglado, el plenario se dispondrá a votar si apoya o no la revocatoria del nombramiento del magistrado.
Para aprobar el eventual cese de Gamboa en su cargo, la decisión deberá contar con los votos de las dos terceras partes de la totalidad de los diputados, es decir, 38 votos.
Si bien el proceso ad hoc dispone que el acuerdo se tomará mediante votación secreta, en el 2014, en el caso de la revocatoria de la magistratura de Óscar González, el plenario aprobó una moción para que la votación fuera nominal, es decir, para que cada uno de los diputados dijera públicamente si estaba a favor o en contra.
Finalmente, una vez que el acto de votación quede en firme, la Secretaría del Directorio Legislativo comunicará la decisión del plenario a las partes interesadas.
Diputados a favor de revocatoria
Tres de los diputados que integran la Comisión Legislativa Investigadora de los Créditos Bancarios se pronunciaron a favor de que Celso Gamboa sea despedido.
Ese panel investigó el caso del cemento chino, específicamente sobre el presunto tráfico de influencias en que incurrió Juan Carlos Bolaños al lograr, supuestamente, que miembros de los tres poderes de la República usaran su influencia para favorecerlo.
Ronny Monge, diputado liberacionista que preside esa comisión, dijo que la resolución de la Corte de solicitar la revocatoria del mandato del Gamboa concuerda con la gravedad de los hechos que pudo probar la comisión investigadora, que recibió en audiencia al magistrado en octubre del año pasado.
"Hay que tener claro que el Poder Judicial hizo un órgano director que obviamente tiene mucho más información y una de las causales de revocatoria es casi poner en riesgo la credibilidad y honorabilidad del Poder Judicial y por supuesto que si se comprueba de que la conducta que mostró no es como él lo dijo, que era por efectos de un fármaco, sino producto del alcohol, probablemente sea esa la justificante bajo la cual el Poder Judicial resuelve", indicó Monge, quien prefirió no adelantar criterio hasta tener en su poder el expediente que remitirá la Corte.
Sandra Piszk, su compañera de bancada e integrante de la misma comisión, manifestó que aunque el panel no recomendó el despido del magistrado sí le solicitó a la Corte tomar acciones sobre su caso.
“De alguna manera me parece que va en la misma dirección que la comisión había recomendado”, dijo.
La diputada adelantó que sí ve voluntad de parte de sus otros compañeros en el plenario para votar la revocatoria antes de que acabe el actual periodo constitucional, el 30 de abril.
“Sí hay voluntad de la actual Asamblea para votar la revocatoria, aunque no hay certeza por los tiempos que esto requiere, hay que formar una comisión, hay que darle su derecho de defensa, pero faltando dos meses para terminar funciones diría que el tiempo sí alcanzará”, comentó.
Por su parte, Ottón Solís, quien representa a Acción Ciudadana (PAC) en la comisión, recalcó que el comportamiento de Celso Gamboa nunca estuvo a la altura del de un magistrado del máximo tribunal de casación penal.
"Hay una serie de hechos que no son compatibles con el comportamiento de cualquier funcionario del Poder Judicial, menos de un magistrado al que le toca juzgar los casos penales. Dijo muchas mentiras que se fueron escalonando conforme la prensa y la comisión descubrían hechos y entonces eso es muy grave. Su letrado (Justo Pastor López) interfirió con expedientes llamando a presionar y preguntar. Entonces es lo mínimo. La Corte se tardó mucho tiempo. Yo envié una carta en estos días presionando para que eso no se quedara así", afirmó.
Y lanzó un reto a sus compañeros de curul: "Solo espero que aquellos diputados que votaron por él para nombrarlo magistrado, pese a que era evidente que no tenía el talante de un magistrado, se reivindiquen y que unánimemente procedamos. Debo decir que esto no termina con lo que hay que hacer en el Poder Judicial. Las acciones de la Sala III son serias cuando se trataba de políticos, de diputados, decir que no existía evidencia (de tráfico de influencias), entonces, para que recuperemos la confianza en el Poder Judicial faltan decisiones", zanjó.
Levantamiento de inmunidad
Antes de que la Corte tomara la decisión de recomendar al Congreso la revocatoria del nombramiento de Celso Gamboa, primero había pedido a los diputados levantarle la inmunidad por otro caso.
El pasado 7 de febrero, el máximo órgano judicial solicitó quitarle el fuero al magistrado de la Sala III para poder juzgarlo penalmente por el delito de tráfico de influencias luego de que la Fiscalía presentara, el 26 de enero, una acusación formal en su contra.
Ese otro caso tiene que ver con un presunto favorecimiento de Gamboa para eliminar el nombre de Johnny Araya, alcalde de San José, de un expediente judicial en el que se le investigaba, previo a las elecciones municipales del 2016.
Estos hechos constan en una denuncia presentada, ante la Inspección Judicial, por la jefa de prensa del Ministerio Público, Tatiana Vargas, y que fue divulgada por este medio en noviembre anterior.
De acuerdo con la funcionaria, en la gestión a favor de Araya habrían intervenido el entonces fiscal adjunto Celso Gamboa y el asistente de la Fiscalía General, Justo Pastor López.
Los diputados tienen planeado someter a votación este martes el levantamiento de la inmunidad.
Para ello tomarán como base el informe de una comisión de tres diputados, la cual recomendó despojar al funcionario de ese beneficio que impide acusarlo y juzgarlo.
Antes, el plenario podría escuchar los alegatos del magistrado si es que este decide acogerse a ese derecho.
Gamboa instó a los diputados a levantarle la inmunidad para defenderse en los estrados judiciales por el caso que involucra al alcalde josefino también.
Proceso en breve
- La Presidencia del Directorio conformará una comisión integrada por tres diputados de distintos partidos políticos para que rinda un informe y emita una recomendación al plenario sobre la solicitud de la Corte. La comisión tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados a partir de su instalación.
- El informe de la comisión ingresará al orden del día del Plenario en el primer lugar del punto b) de los asuntos de control político de la Asamblea Legislativa.
- La sesión en la que se discutirá el asunto será secreta. A dicha sesión puede asistir Celso Gamboa, quien podría usar de la palabra hasta por 30 minutos.
- La realización de la sesión secreta debe ser aprobada mediante una moción de orden que requiere el apoyo de dos tercios de los diputados presentes.
- La discusión sobre la eventual revocatoria del nombramiento de Gamboa se hará mediante debate reglado, de manera proporcional para cada fracción, con el doble de tiempo correspondiente al control político de las sesiones destinadas para tal fin, los miércoles.
- El acuerdo de revocatoria del nombramiento de Gamboa debe recibir, al menos, 38 votos. Este se tomará mediante votación secreta, aunque en el 2014, durante el proceso de revocatoria de la magistratura de Óscar González, el plenario aprobó que la votación fuera nominal, es decir, que cada diputado hiciera público si respaldaba o no la revocatoria.
- Una vez en firme el acto, la Secretaría del Directorio comunicará la decisión del Plenario a las partes interesadas.