La Sala Constitucional reprendió al diputado del Partido Accesibilidad Sin Exclusión (PASE), Óscar López, por haber amenazado a varias instituciones públicas de que las demandaría si no retiraban su pauta publicitaria del programa radiofónico Rompiendo el silencio.
Los magistrados coincidieron en que la advertencia de López "constituye una forma velada de censura indirecta" contra el espacio que se transmite por radio La Gigante (800 AM) y que es producido por el comunicador Marvin Sandí.
"Envía un mensaje intimidante al resto de medios fomentando un ambiente hostil a las libertades de expresión e información esenciales en un sistema democrático", reza el fallo.
A esa conclusión llegó la mayoría de la Sala IV la tarde de este viernes, en resolución N.° 2015-001782, que declaró parcialmente con lugar el recurso de amparo por violar "el derecho fundamental a la libertad de información".
A favor votaron los magistrados Gilberth Armijo, Fernado Cruz, Fernando Castillo, Paul Rueda, Nancy Hernández y Luis Fernando Salazar. Mientras que Ernesto Jinesta salvó el voto y lo declaró sin lugar.
Al respecto, Sandí aseguró que se siente satisfecho con el fallo y anuncia que demandará a López ante los Tribunales por daño moral y psicológico, así como, por injurias y calumnias.
"Es una censura total a todos los políticos que por medio de su poder quieren callar a los medios de comunicación que denuncian con hechos fundados", dijo el comunicador.
No obstante, en el por tanto, también se subrayó que en este tipo de situaciones, López puede defender su honor a través de las vías procesales previstas en el ordenamiento, como la interposición de una querella o de un amparo de rectificación y respuesta".
López afirmó que hace dos meses presentó una querella contra Sandí por delitos contra el honor.
"No se me sanciona por tráfico de influencias, censura o por violar el derecho de libertad de expresión, yo ya lo tengo querellado, por injurias, calumnias y difamación, porque ese señor estaba atentando contra mi honor”, expresó el diputado del PASE.
Los magistrados además, condenaron al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) por haber suspendido temporalmente su patrocino, tras la amenaza de López.
Con membrete de la Asamblea Legislativa, el legislador envió una nota a los anunciantes estatales del programa, para informarles de que preparaba una querella por injurias, difamación y calumnias contra los patrocinadores del espacio y su productor.
Según dijo López, sufre una campaña de desprestigio por parte de Sandí desde hace más de un año y los anunciantes “se convierten solidariamente en responsables directos de lo que ahí se paute, se difunda o se manifieste”.
Investigación del TSE. La Sala Constitucional este viernes también resolvió otro recurso de amparo, pero en esta ocasión que presentó Óscar López contra el departamento de Financiamiento de Partidos Políticos del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), por negarle el derecho de defensa.
El congresista adujó que durante la investigación que se realizó de gastos del PASE durante la campaña del 2010, que desató contra él una investigación en el Ministerio Público por supuestamente falsificar firmas en los contratos de alquiler de vehículos, no se le permitió ser escuchado y dar su versión de los hechos.
Al respecto, los magistrados determinaron que esa dependencia "violó el derecho de defensa y debido proceso en sede administrativa” porque le rechazó prueba a López sin “una resolución debidamente motivada".
"Este fallo demuestra que violaron mi derecho a defenderme, a ser escuchado, demuestra que fue una investigación absolutamente inconstitucional, inabilita la investigación desde sus orígenes porque está viciada", dijo el también presidente del PASE.
No obstante, los magistrados hacen la salvedad que esta sentencia, la 2015-1784, "no afectan la investigación en sede penal que lleva el Ministerio Público que por disposición de ley es autónoma".
Ese recurso fue declarado por la mayoría de la Sala con lugar, de esa forma votaron Armijo, Jinesta, Rueda, Hernández y Salazar. En contra los magistrados Cruz y Castillo.