El presidente de la República, Rodrigo Chaves, emitió un veto parcial contra una norma que dejaría expuesta información sensible de los beneficiarios del programa de protección de víctimas y testigos del Ministerio Público.
La medida aplica para un artículo de la Ley de Dinamización del Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD), la cual pretende excluir a los beneficiarios de dicha plataforma de financiamiento de cumplir con la Ley General de Contratación Pública.
El artículo vetado, específicamente, añade un inciso i en el artículo 2 de la Ley General de Contratación Pública, para eximir de la aplicación de esa normativa a la actividad contractual de sujetos beneficiarios del SBD.
Según explican Chaves y los ministros firmantes del veto, el problema es que en marzo se aprobó otra iniciativa que introdujo un inciso i para exonerar a la Oficina de Atención a la Víctima del Delito del Ministerio Público de los alcances de la mencionada ley.
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En consecuencia, si la nueva ley crea un inciso de idéntica nomenclatura, se derogaría la norma que actualmente beneficia a la Oficina y obligaría a esta dependencia a realizar todas sus compras a través del Sistema Integrado de Compras Públicas (Sicop).
La duplicidad fue advertida a la Presidencia de la República por el jerarca de la Corte Suprema de Justicia, Orlando Aguirre, quien indicó que si esa oficina debe hacer compras por el Sicop, estaría obligada a exponer datos sensibles de víctimas y testigos en ese sistema.
“Esto abriría una ventana al riesgo de permitir que dichas organizaciones (criminales) utilicen esta información para perseguir, atacar y atemorizar a las personas y familiares participantes en estos programas de protección, comprometiendo su seguridad y la efectividad de las medidas de protección establecidas”, explicó Aguirre mediante nota enviada a Chaves.
En el veto enviado al Congreso y conocido por el plenario legislativo el pasado miércoles, Chaves consideró que la intención de los diputados no habría sido la de derogar el actual inciso que beneficia a la oficina judicial.
No obstante, les achacó el no haber prestado la debida atención al avance de las normas y no aplicar a tiempo recursos que habrían permitido corregir la duplicidad.
El veto también propone una redacción para solucionar el yerro, que simplemente consiste en mantener el mismo texto pero con la denominación “inciso j”.