Los diputados aprobaron, en primer debate, un proyecto de ley que permitirá que se agilicen las grandes compras del Estado, al sacar de manos de la Contraloría una de las etapas del proceso: el refrendo.
La iniciativa tuvo el apoyo unánime de los legisladores presentes al momento de la votación este jueves 7 de diciembre, que eran 38, y establece que los refrendos de los contratos se deben hacer, todos ellos, en las respectivas instituciones, específicamente en las asesorías jurídicas u órgano similar.
Se trata de un proyecto generado en la propia Contraloría General de la República, que a criterio de su jerarca, Marta Acosta, tiene el objetivo principal de que las instituciones cuenten con plazos para hacer los contratos y refrendarlos, así como responsabilizarse por ellos, “que aprendan a hacer las cosas como tienen que ser”.
La contralora explicó que, actualmente, por esa entidad solamente pasan el 10% de los refrendos de contrataciones administrativas del Estado, las más grandes, y dijo que tres o cuatro instituciones son las que van a tener que ver más contratos ahora.
Entre esas entidades públicas está el Consejo Nacional de Vialidad (Conavi) y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
“La administración debe responsabilizarse, en el sentido de que hay algunas de esas responsabilidades que no las ejerce, como cuando desde las instituciones se envían contratos que se sabe que no están bien y ahí “empieza la cosa de que se devuelven contratos y todo eso”.
Actualmente, en contratos que se envían a refrendo de la Contraloría, sucede que llegan con tantos errores que se devuelven varias veces, incluso, para que se corrijan las inconsistencias, lo cual atrasa el proceso.
“Es una forma de hacer distinto el control, lo vamos a redimensionar, para su justa dimensión, por una parte el control interno y, por otra, el control externo, uno le toca a la administración y el otro, a la Contraloría”, explicó Marta Acosta.
La jerarca del ente contralor añadió que esa institución debe continuar con su fiscalización desde el punto de vista del control posterior y apuntó que, en realidad, en muchas instituciones ya saben hacer el proceso de refrendo.
Plazos y sanciones
Además de asignarles la responsabilidad del refrendo a las instituciones, como una verificación de que se hizo bien el contrato y se cumplió con todos los requisitos, se establecen sanciones para las instituciones que no hagan bien el refrendo respectivo o que del todo no lo hagan, específicamente para el jerarca que haya autorizado tal cosa.
Entre esas sanciones están la amonestación escrita, la suspensión sin goce de salario hasta por tres meses y la destitución sin responsabilidad del funcionario responsable de la decisión.
“La administración va a ser responsable directamente, no va a estar usando la justificación de que la Contraloría les ha devuelto los contratos para revisión”, dijo Marta Acosta.
Todas las contrataciones que hayan ingresado para refrendo contralor a la entrada en vigencia de esta reforma legal quedarán en manos de la Contraloría General, tal como lo establece el transitorio segundo del proyecto de ley aprobado.
De acuerdo con Marta Acosta, la iniciativa también contribuirá a que haya menor burocracia.
Aunque ya no tendrá ninguna responsabilidad de refrendar las compras del Estado, la Contraloría seguirá a cargo de revisar los recursos de apelación y los recursos de objeción a los contratos, que es donde se han detectado, en varias ocasiones, defectos en las contrataciones.
Según lo manifestó el viceministro de la Presidencia, Luis Paulino Mora, “esta aprobación generará un impacto positivo en la mejora de la prestación de los servicios públicos que brinda el Estado en favor de los habitantes, dado que la administración podrá actuar con mayor eficiencia y celeridad, sin que esto signifique debilitar los controles”.
Luego de esta iniciativa legal, el Gobierno espera que los diputados avancen en otros proyectos de ley, como el que tiene que ver con el presupuesto de las instituciones desconcentradas y la reforma al Reglamento legislativo sobre responsabilidad fiscal.