Rectores piden a diputados sacar a ‘U’ públicas de reforma a empleo público

Según Luis Paulino Méndez, rector del Tec, el proyecto violentaría la autonomía universitaria

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Los rectores de las universidades públicas les pidieron a los diputados sacar a estas instituciones del proyecto de reforma al empleo público.

La petición la hizo Luis Paulino Méndez, rector del Instituto Tecnológico de Costa Rica (Tec) y presidente del Consejo Nacional de Rectores (Conare), este martes, en la Comisión de Gobierno y Administración.

Méndez afirmó que el proyecto choca con el artículo 84 de la Constitución Política, el cual establece la autonomía universitaria.

“Estimamos razonable que, si el proyecto sigue adelante, se revise si se incluye a las universidades o no. Al incluirlas, se estaría violentando ese artículo constitucional”, declaró el rector del Tec en representación del Conare.

“Nos preocupan varios temas, por ejemplo, el rol que asume Mideplán en el proceso de reclutamiento, particularmente de los profesores universitarios”, añadió el rector.

Asimismo, manifestó que la reforma perjudicaría los nombramientos de rectores en cada universidad, quienes son electos a través de asambleas plebiscitarias formadas por funcionarios y estudiantes universitarios.

Méndez aseguró que la reforma fiscal, aprobada en el 2018, provocará que en “10, 15 o 20 años nuestros salarios sean muy poco competitivos”.

“De hecho, tenemos que ir pensando en una nueva estructura salarial que compense esos montos, de manera que podamos contar siempre con los profesores que queremos”, dijo el rector.

Méndez también cuestionó el sistema de evaluación de desempeño que se crearía con la reforma. El texto indica, por ejemplo, que un empleado quedaría desvinculado del empleo público en caso de obtener dos evaluaciones consecutivas anuales, inferiores a una calificación del 70%.

“Que con dos notas abajo de 70 es causal de despido, en el caso de nosotros no sería tan fácil de lograr, particularmente porque en el trabajo académico, por ejemplo, si estamos investigando, los objetivos son ir cumpliendo las etapas del proyecto hasta llegar al producto final, eso no va a permitir una evaluación mensual o semestral”.

El rector explicó que en las universidades las evaluaciones están “más orientadas a la mejora y no tanto al castigo”. Además, afirmó que para calificar el desempeño de un profesor se considera importante las evaluaciones de los estudiantes.

Gastón Baudrit, director de asesoría legal del Conare, agregó que, con base en la autonomía universitaria, el Poder Ejecutivo está “inhibido” de influir en el patrimonio de las universidades.

“Hay una clara distinción entre lo que es institución autónoma, y universidad pública. La diferencia básica es que la institución autónoma está sujeta a la ley en materia de gobierno (...), las universidades públicas no están sujetas a la ley en materia de gobierno, eso quiere decir que, en caso de que exista una ley que interfiera con el desarrollo de sus propios cometidos, no se les aplica”, afirmó.

“Ese régimen de independencia no es un régimen de no responsabilidad, todo lo contrario, entendamos que entre mayor sea la independencia que se le da a una entidad pública es mayor el grado de su responsabilidad en el ejercicio de su función”, agregó.

El texto actual solo excluye a las entidades en régimen de competencia, es decir, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), el Instituto Nacional de Seguros (INS) y los tres bancos estatales; así como a los entes públicos no estatales.

La controversia por los alcances de la autonomía de instituciones públicas ha sido comentada por otros comparecientes en la comisión que estudia el expediente 21.336.

En una de las primeras audiencias, el abogado laboral, Marco Durante, explicó el 24 de junio a los diputados que la autonomía se refiere al “fin para el que fue creada la institución”, y no necesariamente aplica en asuntos laborales.

De la misma forma, el 4 de agosto, el abogado constitucionalista, Rubén Hernández, planteó que un régimen salarial se puede aplicar a todas las entidades, sin importar su grado de independencia.

No obstante, sí señaló que el plan sería inconstitucional por sujetar a las instituciones autónomas a directrices administrativas del Ministerio de Planificación (Mideplán), lo cual excedería el ámbito de acción del Poder Ejecutivo.

Por su parte, el ministro de la Presidencia, Marcelo Prieto, había declarado a La Nación que “si la ley de empleo público establece un único régimen de empleo para todos los servidores del Estado (...), las universidades públicas no pueden dejar de sujetarse a ese régimen”.

Durante este mes los diputados seguirán escuchando criterios de expertos y jerarcas de instituciones sobre el proyecto Ley Marco de Empleo Público.

La idea del plan es que los futuros funcionarios inicien su servicio público con mejores salarios y, de esta forma, se prescinda de los sobresueldos que existen en el sistema vigente.

Bajo el nuevo modelo, se dividiría los trabajadores en ocho familias: profesionales y no profesionales; ciencias de la salud; policías; educadores; universitarios; judiciales; del Servicio Exterior y los que ejercen puestos de confianza.

Según cálculos del Mideplán, esta reforma le ahorraría al Gobierno ¢70.000 millones anuales.

Asimismo, la iniciativa le otorga al Mideplán diversas competencias para gestionar y controlar los regímenes salariales, entre ellas “dirigir y coordinar la ejecución de las competencias inherentes en materia de empleo público, con el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la Autoridad Presupuestaria y la Dirección General de Servicio Civil”.