Procuraduría: Es legalmente factible incluir a empleados públicos actuales en salario global

Al igual que la Contraloría, la PGR advierte a los diputados de que un transitorio incluido a última hora, en el plan de empleo público, tendría una “innegable incidencia” en las finanzas públicas

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La Procuraduría General de la República (PGR) concluyó que es “jurídicamente factible” incluir a los empleados públicos actuales en el esquema de salario global que introduciría el proyecto de reforma al empleo público.

En este sistema, los funcionarios devengarían un único sueldo global, en sustitución del sistema que suma un salario base más los diversos pluses que dependen de factores como la antigüedad.

En un criterio enviado a los diputados, la PGR señaló que el traslado de los servidores actuales es posible “bajo dos presupuestos fundamentales: respetando el derecho adquirido al salario total actual y considerando la mutabilidad propia del régimen objetivo estatutario”.

Sobre el derecho adquirido sobre el salario, la Procuraduría señaló que, según su jurisprudencia administrativa, las remuneraciones del sector público pueden modificarse hacia el futuro, siempre que no se afecte el monto global del salario.

Lo anterior implica que no se puede rebajar o disminuir el salario actual de los empleados. El proyecto de reforma al empleo público respeta ese principio.

“Y en lo concerniente a la posibilidad de modificar las condiciones bajo las cuales se prestan servicios personales al Estado, esta Procuraduría ha indicado que el funcionario que ingresa al servicio de la Administración Pública se coloca en una situación jurídica objetiva, definida legal y reglamentariamente”, dice la PGR.

En consecuencia, añade, las condiciones contractuales son modificables por los legisladores sin que los empleados puedan exigir el congelamiento de la situación estatutaria en los términos en que estaba cuando ingresó a la función pública.

“Ello entra en el ámbito de decisión del legislador y de la Administración, al margen de la voluntad de quien entra al servicio de esta última, pues al hacerlo está aceptando el régimen que configura la relación estatutaria. De ese modo, ha sido criterio consolidado que el funcionario carece de un derecho adquirido general al mantenimiento de una determinada regulación de sus condiciones de trabajo o a impedir su modificación”.

“En síntesis, el legislador puede realizar cambios en las condiciones bajo las cuales se prestan servicios al Estado, siempre que se respeten los derechos adquiridos y las situaciones jurídicas consolidadas de las personas que mantenían una relación de servicio antes de la realización de esos cambios. El respeto a los derechos adquiridos implica, en lo que a la materia salarial se refiere, no disminuir el salario percibido por las personas a las que van dirigidos los cambios normativos”, concluye la PGR.

El socialcristiano Pablo Abarca interpreta que, en ese criterio, la Procuraduría deja claro que el único derecho adquirido es el salario y se debe respetar. “Implica que no debe bajar ni disminuirse y que se deben de contar con estudios para ver el impacto financiero del traslado voluntario de los que ganan menos”, concluyó el legislador.

El proyecto de reforma al empleo público ya está listo para ser discutido en el plenario, luego de haber sido dictaminado en la Comisión Legislativa de Gobierno.

‘Innegable’ efecto sobre finanzas públicas

La Procuraduría también les advirtió a los diputados del impacto que podría generar, en las finanzas estatales, un ajuste que los propios congresistas introdujeron en el proyecto de reforma al empleo público.

Se trata del Transitorio XI incorporado al texto dictaminado afirmativamente, hace dos semanas, en la Comisión de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa.

La norma regularía la forma en que se implementaría el esquema de salario global para los actuales empleados del Estado.

El transitorio ofrece la oportunidad de emigrar en seis meses al salario global a quienes tengan sueldos inferiores al futuro salario global, en sus respectivos puestos.

La posibilidad de que esto ocurra, advirtió el ente abogado del Estado, generaría “una innegable incidencia en los presupuestos públicos”.

Ante ese riesgo, la PGR recomendó a los legisladores contar con estudios técnicos financieros que “den certeza de su sostenibilidad financiera y que garanticen que la medida propuesta no tendrá un impacto negativo en la actual situación fiscal del país”.

Un criterio muy similar externo, en otro criterio, la Contraloría General de la República.

Precisamente, la Procuraduría subraya que la actual situación fiscal del país obliga a la “adopción de medidas coyunturales” de ordenamiento del empleo público y racionalización del gasto.

El objetivo de los cambios, dice el criterio, es la “contención y reducción del gasto de personal de las Administraciones Públicas, exigidas por el proceso de consolidación fiscal y sostenibilidad de las cuentas públicas, a fin de frenar el déficit público y alcanzar la gradual recuperación del equilibrio presupuestario”.

Así lo expone el documento, con fecha del 24 de noviembre, y firmado por el procurador adjunto Luis Guillermo Bonilla.

El diputado proponente del transitorio, el socialcristiano Pablo Heriberto Abarca, concluye que el criterio del abogado del Estado ratifica su moción y, si acaso se le debe hacer cambios, estos serían “muy menores”.

Afirmó que se deben esperar resultados de un estudio del Ministerio de Planificación (Mideplán) sobre el impacto financiero de la medida.

“Depende de los estudios técnicos. Me parece que la Procuraduría no está tomando en cuenta el tema que Mideplán sí, que es la aplicación de la regla fiscal que ordena no hacer aumentos. Pero que ese tema lo explique Mideplán”, consideró.

El Ministerio elabora, desde hace tres semanas, un estudio técnico sobre el impacto económico de la aplicación del salario global a los actuales empleados públicos, pero aún no revela los resultados.

La moción de Abarca, en primer lugar, incorporó a los actuales servidores públicos dentro del esquema de salario global, el cual solo estaba contemplado para las futuras contrataciones en la versión enviada por el Gobierno.

Luego, incorpora el Transitorio XI, el cual establece que aquellos funcionarios que estén por debajo del salario global, podrán emigrar en los primeros seis meses de entrada en vigencia de la ley, lo que podría generar un impacto negativo inmediato en las finanzas públicas.

Si no lo hace en ese tiempo, esos trabajadores pueden seguir recibiendo la remuneración actual compuesta de salario base más pluses hasta que les alcance al nuevo esquema. Cuando lo último se dé, se trasladarían automáticamente al salario global.

En tanto, para quienes ganen por encima del salario global, solo recibirán aumentos por costo de vida.

La Procuraduría hace otra observación sobre los empleados que se mantengan en el salario compuesto: “La preservación de incentivos y sobresueldos pactados resulta incongruente e incompatible con el sistema de salario global o único, pues aquellos en caso de ser consustanciales al puesto, debieran de ser considerados o contemplados en la fijación del salario único correspondiente”.

De nuevo, Abarca hizo sus propias aclaraciones: “La incongruencia se corrige con el plazo que le damos a la administración de 12 meses para resolver los contratos de trabajo”.

El transitorio da un plazo de un año a la Administración Pública, contados a partir de la publicación de la reforma, para ajustar los plazos de los contratos que otorguen incentivos, sobresueldo, plus o remuneración.