Un proyecto de ley dictaminado esta semana en la Comisión de Narcotráfico y Seguridad de la Asamblea Legislativa prohíbe a las casas de empeño operar por la noche, e impone solamente horarios diurnos a esos comercios.
Específicamente, se obliga a esas casas comerciales de objetos usados a mantener cerradas sus operaciones entre las 7 p. m. y las 6 a. m.
Además, establece que deberán llevar registros detallados sobre las calidades de las personas que llegan a vender objetos a sus ventanillas y estarán obligados a comprobar la identidad de las personas con quienes tranzan los artefactos.
La casa de empeño o compraventa estará obligada a entregar una factura debidamente cancelada o documentación que asegure la legalidad del objeto que compre cualquier persona.
El objetivo principal de la iniciativa legal es regular los horarios, con el fin de evitar que esas casas de empeño y las compraventas reciban artículos robados en horario nocturno, además de que puedan controlar todo lo que ingresa en el día, a través de la identificación certera de las personas que los venden.
“El proyecto contribuirá con el trabajo de las autoridades para combatir la delincuencia común y la criminalidad, así como prevenir y controlar las actividades que promueven hechos delictivos”, dice un comunicado difundido por el despacho de Gustavo Viales, presidente de la comisión legislativa.
Las multas para los comercios que incumplan con la normativa van desde los ¢1,3 millones hasta los ¢2,6 millones, así como la cancelación de la licencia.
"Esta iniciativa tiene como finalidad combatir el tráfico de objetos hurtados o robados, ya que de esa forma los comerciantes se garantizan la transparencia en las transacciones que realizan sus clientes.
“En la actualidad las modalidades delictivas se aprovechan del funcionamiento en horas de la noche y madrugada de establecimientos dedicados a compraventa, para empeñar o vender objetos robados de los ciudadanos”, destacó Viales.
Potestad municipal
Por otro lado, se fortalecen las potestades que tienen las municipalidades sobre ese tipo de comercios, con el fin de cancelar sus permisos de funcionamiento, en caso de que haya infracciones a los horarios o alguna otra de sus obligaciones.
Actualmente, el Código Municipal es muy permisivo, pues deja a criterio de la administración municipal si sanciona o no a las casas de empeño en caso de que cometan infracciones.
“Esto hace permisivo el control, afectando los intereses públicos de orden y frecuentemente de seguridad ciudadana”, se desprende de la exposición de motivos del proyecto, presentado por los miembros de la Comisión de Narcotráfico y Seguridad, en noviembre del 2018.
“Las autoridades han llamado la atención sobre modalidades delictivas que se valen del funcionamiento de locales dedicados al empeño de bienes físicos en horas de la noche y madrugada, con la consecuente relación entre la comisión de delitos contra la propiedad y la facilidad de desprenderse rápidamente de los mismos bienes que los inculparían del delito mediante el acto de empeño”, dice ese mismo documento.
Según datos del Ministerio de Seguridad Pública consignados en el proyecto, entre el 2015 y el 2017 se reportaron 15.807 denuncias por delitos contra la propiedad, solo en el casco central de San José.
Por su parte, el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) reportó que, en el 2016, se denunciaron 59.093 delitos contra la propiedad en todo el país; en el 2017, ese dato llegó a 58.650.
De todos los casos denunciados, en promedio, se resuelven un 19%, según reporta el OIJ.
“La Fuerza Pública señala que el 44% de las víctimas no se percata del delito sino hasta posteriormente de la ocurrencia lo que le imposibilita no solo a la reacción pronta sino a la ubicación espacial de la comisión delictiva”, destaca la justificación de la iniciativa legal.