Nueva modalidad del ROP conlleva riesgo de quedar sin pensión complementaria en últimos años de vida

Con sustento en una resolución de la Sala IV, los diputados introducirían un nuevo sistema del pago que permite engrosar el monto de la pensión complementaria, pero que implica un alto riesgo para más del 50% de la población adulta mayor

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Un cambio al proyecto de ley para reformar el Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP) implica un riesgo de que los adultos mayores se queden sin pensión complementaria durante los últimos años de su vida.

Con sustento en una resolución de la Sala IV, el plan introduciría una nueva modalidad de retiro del ROP que, en principio, engrosaría el monto mensual que recibirían los pensionados.

La opción consiste en que, al momento de jubilarse, la persona solicite que el fondo de su pensión complementaria se divida entre la cantidad de meses que viviría hasta cumplir su expectativa de vida después de los 65 años, de acuerdo con una tabla que maneja la Superintendencia de Pensiones (Supén).

Esta variación permitiría otorgar un monto mensual mayor a la persona, en comparación con el método actual, el cual consiste en dividir el dinero en giros mensuales hasta la mayor probabilidad de vida, que es de 115 años, con el fin de que la persona reciba pensión hasta su último día.

La nueva modalidad, denominada “pensión acelerada a expectativa de vida condicionada”, tiene la desventaja de que el dinero se agota al cumplirse la expectativa de vida y, si la persona vive más años, estos últimos los pasará sin la pensión del ROP.

Hoy, más de la mitad de los costarricenses siguen vivos después de haber superado su expectativa de vida al jubilarse, según la Supén, lo que el jerarca de esa entidad, Álvaro Ramos, califica de “sorprendente”.

El cambio lo propone la tercera versión del proyecto de ley, la cual fue acogida por los diputados de la Comisión de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa el pasado 8 de octubre. Se trata de una modificación a la Ley de Protección al Trabajador, vigente desde el 2000.

“La persona se queda sin saldo en el momento en que cumpla la expectativa de vida. Entonces, en el caso de una mujer que se pensione a los 65 años y espera vivir 23 años más, la función le va calcular cómo darle el saldo (del ROP) y los intereses, de manera que quede sin dinero a los 88 años.

“Después de los 88, no tiene cómo. Tendrá pensión del IVM (régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja), Magisterio Nacional, o lo que sea, pero ROP no tendrá más”, explicó Álvaro Ramos, superintendente de Pensiones.

Según la Supén, hoy una mujer que cumple 65 años tiene una expectativa de vida promedio de vivir 23 años más, hasta los 88 años. No obstante, más del 55% de las mujeres superan esa expectativa de vida.

En el caso de un hombre, se estima que viviría 20 años más, pero el 53% de ellos supera ese umbral.

Ese comportamiento se mantendrá en las próximas décadas. Este indicador, además, cambia todos los días, explicó el superintendente.

El proyecto de ley mantiene abierta la modalidad de retiro programado, que es la que se introdujo desde la creación del ROP en el año 2000.

En este tipo de desembolso, el dinero se entrega desde el primer mes de jubilación hasta el último mes de vida y, si en ese momento queda un saldo en el fondo de la pensión, este se entrega al heredero.

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‘Atenta contra la naturaleza del ROP’

La nueva alternativa de retiro acelerado, así como una serie de cambios hechos al proyecto de ley para reformar el ROP, “atentan contra la naturaleza y propósito del régimen de pensiones complementarias y generan un riesgo futuro”.

Así lo afirmó, la Asociación Costarricense de Operadoras de Pensiones (ACOP) en un comunicado de prensa.

Esa posición la comparte el jerarca de Pensiones, quien explicó que la fórmula de pago del ROP está planteada, justamente, para proteger a las personas cuando están más longevas.

Sin embargo, esta nueva opción desprotege a los jubilados en sus últimos años de vida, consideró.

Según Ramos, el retiro programado tiene la ventaja de que no solo calcula la esperanza de vida de la persona, sino sus probabilidades de seguir viva después de ese lapso.

Esta modalidad de pago también toma en cuenta el crecimiento de los intereses del ROP que reciben los pensionados.

“Conforme va sobreviviendo (la persona), se le recalculan el monto (del ROP) y los intereses. Hay dos cambios (en la propuesta de retiro acelerado) al retiro programado: tasa de interés y sobrevivencia.

“Si alguien sobrevive 20 años, ya es una persona no de 65 años, sino de 85 años, entonces hay que recalcularle su expectativa de vida, ver cuál ha sido la tasa de interés y reacomodarle la pensión y el saldo”, agregó Ramos.

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Resolución de Sala IV

El superitendente de Pensiones aseguró que la nueva figura de retiro acelerado, incluida en el proyecto de ley, tiene que ver con una resolución de la Sala Constitucional, la cual declaró parcialmente con lugar un recurso de amparo interpuesto por una pensionada en el 2018.

La ciudadana de 78 años pidió a la BN Vital Operadora de Pensiones Complementarias –entidad que administra su ROP– que le entregara la totalidad de ese fondo.

En la actualidad, el sistema permite retirar el monto completo de ese dinero solo si la pensión complementaria es inferior al 10% de la básica.

Como la demandante trabajó hasta los 77 años, su ROP aumentó y sobrepasó el 10% de su pensión básica, razón por la cual la operadora le respondió que no podía entregarle el dinero en un solo desembolso, sino que lo haría en giros.

La Sala IV le dio la razón en parte y ordenó a la operadora y a la Supén calcular la entrega de la pensión en un plazo comprendido entre la fecha en que se acogió a la jubilación, en el 2018, y la fecha en que se cumpliría su expectativa de vida, a los 82,9 años, según el tribunal.

El superintendente alega que el cálculo del ente constitucional está errado, pues fue hecho con base en la expectativa de vida al nacer de la recurrente, y no con la expectativa de vida al momento de pensionarse, que es más alta.

“Confundieron expectativa de vida al nacer con expectativa de vida condicionada. El retiro programado ya tenía incorporada la expectativa de vida.

“No hubo forma de que la Sala lo entendiera. Se lo tratamos de explicar (la Supén) en tres documentos distintos”, dijo Ramos, quien expuso que, en este tipo de modalidad, al vencerse el plazo el beneficiario se queda sin el fondo del ROP.

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Operadores advierten de fuga de fondos

Además de la nueva modalidad acelerada de retiro del ROP, otra variación en el tercer texto sustitutivo del expediente 21.309 desató polémica.

Se trata de un transitorio que permitiría a los trabajadores retirar la totalidad de ese dinero, en un solo desembolso, durante un plazo de tres años que se terminarían en febrero del 2023.

Tal propuesta también es deplorada por la Supén y por ACOP, pues consideran que la opción de llevarse esos fondos abriría la puerta para que se sigan aprobando ajustes que ponen en peligro a los actuales y futuros jubilados.

“Este transitorio violenta la naturaleza del régimen de pensiones, generaría una desacumulación inmediata de recursos, con eventuales implicaciones perjudiciales sobre el rendimiento de los fondos y, peor aún, deja abierto un portillo para que en el futuro se continúen aprobando extensiones de plazo para retiros únicos y masivos”, aseguró ACOP.

En tanto, Ramos agregó: “De hecho, es una fecha (el 2023) que no me gusta, porque de alguna manera abre la puerta a que una futura Asamblea con diputados diferentes vuelva a extender el transitorio”.

El proyecto de ley original, impulsado por el diputado Eduardo Cruickshank, de Restauración Nacional, proponía permitir el retiro total del ROP en forma definitiva.

No obstante, diversas instituciones advirtieron que esa medida debilitaría el sistema de pensiones y desprotegería a la población adulta mayor.

Una segunda versión fijaba la posibilidad del retiro total hasta el 31 de diciembre del 2035.

Finalmente, la propuesta acogida por los diputados fue la de retirar el ROP de aquí al 2023.