Jefa del PUSC pujará por un ‘acuerdo lógico’ para definir las tasas de usura

Diputada María Inés Solís presenta 27 mociones tendientes a que sea el BCCR el que fije los límites a las tasas de interés, idea que podría complicar la persecución del delito de usura, pero afirma que las retiraría si se produce una negociación satisfactoria

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Con la intención de forzar a una negociación entre partidos, la jefa de fracción de la Unidad Social Cristiana (PUSC), María Inés Solís, tratará de que no sean los diputados, sino el Banco Central (BCCR), el que fije las tasas de interés a partir de las cuales un crédito se considere como usura.

La legisladora le presentó 27 mociones al proyecto que impulsan Liberación Nacional (PLN) y Acción Ciudadana (PAC), en la Comisión de Asuntos Hacendarios, para establecer, por ley, cuáles serán las tasas máximas.

El proyecto actual (expediente 20.861) establece que las tasas de interés no podrían superar 2,2 veces la tasa de interés activa del sistema financiero nacional, es decir, cerca de un 30,2% para préstamos en colones y un 15,4% en dólares.

El BCCR considera que esos topes empujarían a las personas más vulnerables al mercado negro de los créditos y, en su lugar, propone un límite que oscile entre el 51% y el 63%, mientras que la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) plantea un 42%.

La jefa del PUSC pujará por que, en vez de fijar un tope por ley, se le otorgue al BCCR la potestad de de definir los límites periódicamente, mediante diferentes fórmulas.

La diputada Solís dijo que mantendrá sus mociones en tanto las negociaciones entre congresistas y autoridades del Sistema Financiero Nacional no le satisfagan.

“Cuando tengamos un acuerdo lógico, yo estaré retirando mis mociones”, reiteró este jueves.

En sus primeras mociones, la jefa de la Unidad propone diferentes redacciones para el artículo 36 bis de la Ley de promoción de la competencia y de protección efectiva del consumidor.

En una de sus propuestas, por ejemplo, Solís plantea una fórmula llamada percentil 97,5 y, en otra, un método llamado promedio simple más dos desviaciones estándar.

En otro caso, sugiere que se defina una tasa de interés máxima diferenciada para cada uno de varios sectores: crédito comercial, corporativo, pymes, consumo, minorista, microcrédito y vivienda.

En la moción 19, incluso, plantea que la entidad encargada de definir la tasa máxima de interés no sea el Banco Central, sino el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC).

El gobierno anunció que, a partir del 13 de enero, concentrará sus fuerzas en impulsar este proyecto en la Comisión de Asuntos Hacendarios. A finales del 2019, el presidente Carlos Alvarado declaró que, en su criterio, el texto todavía no había alcanzado el punto de equilibrio.

Problema legal

La idea de que sea una autoridad administrativa la encargada de fijar la tasa máxima podría generar problemas para definir cuándo se comete el delito de usura, el cual está penado en el artículo 243 del Código Penal.

De acuerdo con el abogado penalista Carlos Tiffer, miembro de la Cátedra de Derecho Penal de la Universidad de Costa Rica (BCR), dejar la definición de la tasa de usura en manos del BCCR “viola el principio de legalidad penal”.

“Eso sería una mala técnica legislativa, porque los tipos penales tienen que ser claros, precisos; establecer claramente cuál es la conducta prohibida. En este caso, habría una imprecisión sobre la conducta prohibida y estaría supeditada a una decisión de carácter administrativo de parte del Banco”, explicó Tiffer.

El proyecto de ley del gobierno, sobre créditos de salvamento, también propone dejar en manos del Central la definición de las tasas de usura.

El abogado penalista apuntó que es la ley la que debe definir cuándo una conducta es delito y cuándo no.

Tiffer explicó que el Código Penal reguló el delito de usura desde 1970 y manifestó que, en 50 años, esa regulación no ha cambiado, pero “en todo este tiempo han sido muy escasas las denuncias penales y mucho menos las condenas”.

Esa circunstancia se debe, de acuerdo con el penalista, a que el Código “se orientó a regular la usura en un sistema subjetivo, que resulta difícil de probar”.

“El delito se configura cuando alguien se aprovecha de la necesidad, la ligereza o la inexperiencia de una persona y le promete ventajas pecuniarias desproporcionadas”.

“Además, tiene una pena leve, prisión de 6 meses a 2 años o de 20 a 80 días de multa, las cuales se duplican cuando es cometido en perjuicio de los consumidores, pese a estar en contra los derechos humanos, prohibido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos y ser una de las formas más antiguas y perversas de explotación humana”, manifestó el abogado.

De acuerdo con Tiffer, es el legislador quien debe definir el umbral de la usura e incluirlo en las modificaciones del tipo penal de usura.

Incluso, con la moción 11, la jefa del PUSC propone cambia la redacción para que no se aplique el Código Penal ante la conducta de usura, sino que se considere un “vicio de nulidad absoluta”.

En sus 27 mociones, también plantea cambios al artículo 36 ter propuesto por la iniciativa legal, donde cambiaría la obligación de las entidades financieras de informar al cliente las ventajas o riesgos de la oferta crediticia, sino que solamente las obligaría a tener esa información disponible en un sitio web.

En el caso de Restauración Nacional (PRN), el diputado Carlos Avendaño dijo: “Estaremos viendo las propuestas que habrán, pero no sería serio decir un porcentaje sin decidir cuál es la metodología; existe consenso de que debe fijarse el tope y, por supuesto, que será en un escenario muy por debajo de lo que actualmente se trabajan hoy”.