Japdeva se propone rebajar estos privilegios a sus trabajadores

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La administración actual de Japdeva se propuso rebajar los privilegios que perciben sus empleados mediante dos vías: renegociación de la convención colectiva y la aplicación de reglas contenidas en la reforma fiscal, vigente desde diciembre anterior.

La institución decidió reducir el tope de cesantía, el pago de anualidades y complementos como el arraigo profesional que reciben algunos de sus empleados y que equivale hoy equivale a un 30% adicional sobre el salario.

Cristian Soto, jefe del departamento Legal de Japdeva, explicó que la primer medida consistió en ajustar el pago por cesantía a lo que establece la reforma fiscal.

En este caso, ahora la entidad les reconocerá a los empleados un máximo 12 años de cesantía (un salario por cada año) en lugar de los 20 que establecía la convención colectiva.

La reforma fiscal establece que la cesantías no pueden superar los 12 años en los instituciones en donde que una convención colectiva fije un monto mayor.

De acuerdo con el funcionario, a la luz de la reforma fiscal, Japdeva procederá a calcular las anualidades, pago extra por año laborado, como montos fijos en vez de porcentajes del salario.

Antes, se concedía un 1,94% del salario base por cada año a los trabajadores calificados y un 2,56% a los no profesionales.

En la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva), el valor de la anualidad no está definido por convención colectiva, pero sí las fechas de pago, en enero y julio. Sin embargo, con la reforma fiscal, ahora se reconocerán una sola vez al año, en junio.

También, se cambiará la modalidad de pago: por convención colectiva los empleados reciben pago bisemanal, pero con la nueva ley, el pago debe ser mensual, con adelanto quincenal, sin que eso ajuste hacia la baja o hacia el alza el salario que recibían anteriormente.

El pago bisemanal está fijado en el artículo 57 que indica que Japdeva “pagará cada dos semanas a sus trabajadores cubiertos por la Convención Colectiva, el equivalente a lo que corresponde a quince (15) días de salario total”.

Negociación

Adicionalmente a estos cambios, Japdeva denunció ante el Ministerio de Trabajo, en octubre del año pasado, la convención colectiva que vencía en noviembre. El proceso de negociación está en sus inicios, según Soto, pero se pretende modificar hacia la baja cada uno de sus componentes.

En este proceso, la administración quiere modificar el complemento para los profesionales en computación, que es de un 25% extra sobre el salario.

El Ministerio de Trabajo confirmó que el presidente ejecutivo, Grevin Villegas, denunció el contrato colectivo y el departamento Legal amplió que la denuncia se realizó en su totalidad; es decir, la institución se podrá sentar a negociar con el sindicato todos los artículos que están dentro del convenio.

Por las últimas cuatro semanas, La Nación ha insistido en una entrevista con el presidente ejecutivo; sin embargo, no ha habido respuesta por parte del jerarca.

Desde el inicio de su gestión, el presidente de la República, Carlos Alvarado instó a los jerarcas del sector público a renegociar las convenciones colectivas al término de su vencimiento y a que sus componentes se negociaran hacia la baja.

Precisamente, Soto explicó que se pretende acatar esa directriz.

Según el abogado, se está a la espera de la reforma a empleo público que el gobierno presentará en marzo y la institución entrará en un proceso de ajuste de personal por la entrada en operación de la Terminal de Contenedores.

No obstante, pese a las adversidades, Japdeva encuentra, por ahora, un buen ambiente para sentarse a negociar con el sindicato.

Impugnados

Aunque los cambios a la convención colectiva podrían venir por negociación con el sindicato, la Sala Constitucional también podría tener la última palabra sobre el futuro de sus beneficios.

Actualmente, la Sala estudia acciones de inconstitucionalidad que cuestionan al menos ocho condiciones laborales establecidas en esos contratos.

Entre ellas está el pago de cesantía, la indemnización a los empleados que dejen de percibir horas extra que usualmente recibían, el pago doble a la jornada extraordinaria que supere las cinco horas y el subsidio para completar el 100% de los empleados incapacitados.

Además, están impugnados los artículos que permiten a los sindicalistas dedicar el 100% de su tiempo a las labores gremiales con 100% del salario pagado por la institución y los pluses de 25% y 30% para informáticos y por arraigo profesional, respectivamente.