Toda la información recolectada por la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional (DIS), así como las herramientas, informantes y otros elementos asociados a su obtención, se mantendrán en secreto por 20 años a partir de su recolección.
Así lo establece el proyecto de ley para la transformación de la DIS en una Dirección de Inteligencia Estratégica Nacional (DIEN), que se tramita mediante el expediente legislativo 19.346 y que hace fila en el plenario del Congreso.
Esta reforma pretende que la información clasificada, originada en los seguimientos y monitoreo de comunicaciones, propios de la DIS, solo pueda liberarse ante solicitud del presidente de la República.
Además, propone que el director de la DIS –cargo que actualmente ocupa Mariano Figueres Olsen– pueda denegar o conceder a discreción la información, “considerando el nivel de reserva establecido”.
Ese nivel de reserva lo establece también el director de esa agencia de inteligencia, tal como lo fija el proyecto.
Para Figueres, es necesario que el jerarca de la DIEN tenga esa potestad, porque “sería en el nivel operacional”.
Enfatizó en que debe ser alguien de ese nivel el que tenga la responsabilidad”.
Intervención de llamadas. Aunque la DIS no está autorizada a realizar intervenciones telefónicas y, si se realizan, sería de forma ilegal, hay un párrafo en el proyecto que habla de ello.
En el artículo 28 del plan, se le autoriza a la DIEN el monitoreo del espectro electromagnético de frecuencia abierta, el cual, según Figueres, se refiere a la frecuencia “utilizada en el mar”, que actualmente ya se escucha.
Pero el segundo párrafo del proyecto hace referencia a la interceptación de conversaciones privadas telefónicas, móviles o fijas, así como de comunicaciones de datos privadas .
Sobre ese punto difieren Figueres y los diputados, pues el director de la DIS niega que eso le permita a ese órgano intervenir llamadas, mientras que los diputados, a favor y en contra, creen que ese artículo le está dando permiso a esa Dirección para escuchar esas comunicaciones.
Según Figueres, ni ahora ni después pueden intervenir llamadas, y que solo lo puede hacerlo el Centro de Intervenciones Judiciales, con orden de un juez.
El presidente de la Comisión de Seguridad y Narcotráfico, el liberacionista Ronny Monge, afirma que se autorizan las escuchas siempre que haya una justificación relacionada con la seguridad nacional.
Marco Redondo, del Partido Acción Ciudadana (PAC), declaró muy convencido de que “debe permitirse la posibilidad de que un organismo pueda prospectar ante amenazas que provengan no solo de dentro sino también de fuera del territorio”.
El menos convencido de que la nueva DIS tenga tales poderes es Jorge Arguedas, del Frente Amplio, quien critica el proyecto no solo por las intervenciones, sino también porque se mantenga bajo el control del Ministerio de la Presidencia.
“Eso de las intervenciones le corresponde a un cuerpo especializado del Poder Judicial”, dijo.
Figueres insistió en que seguirá de esa forma, aunque en el texto de la nueva ley se incluya una referencia a la interceptación de llamadas telefónicas y correos.
La iniciativa de ley artículo 137 del Reglamento legislativo, permitirá hacerle cambios al proyecto.