La inmunidad parlamentaria salvó al exdiputado liberacionista Víctor Hugo Víquez (2010-2014) de enfrentar una demanda por injurias, difamación y calumnias, entablada por un excontratista del Movimiento Libertario.
El jueves, la Corte Plena desestimó la querella presentada por Douglas Caamaño, quien reclamaba ¢150 millones al alegar que su honor fue dañado cuando, en el 2012, Víquez lo llamó “esbirro” y “mercenario” dentro del Congreso.
El hecho ocurrió cuando Caamaño fue llamado a comparecer ante la comisión legislativa que investigaba el financiamiento del Movimiento Libertario durante la campaña del 2010.
Según el excontratista, quien vendió servicios de investigación a ese partido, lo dicho por Víquez le provocó un daño moral grave.
Sin embargo, la Corte concluyó que un diputado no es responsable por las opiniones que emita en la Asamblea, gracias a la inmunidad de la que gozan los legisladores.
“La manifestaciones dadas por un señor diputado, en el ejercicio de su labor legislativa de control y fiscalización política, dentro del recinto legislativo o en cualquier otro lugar, cuando se trate de temas que están en discusión del Parlamento, no conllevan responsabilidad, y, por lo tanto, escapan del fuero de la jurisdicción penal”, resaltó la resolución de los jueces.
“Las frases que se consideran ofensivas al honor, la reputación y a la honra por parte del querellante se dieron precisamente en el ejercicio de esa función y, en este caso, hay un fuero especial de la irresponsabilidad que protege al diputado querellado, por lo que no existe delito”, continuó la Corte.
Caamaño presentó una apelación fundamentada en el voto salvado de cuatro magistrados, según los cuales existían méritos suficientes para conocer los hechos. Estos jueces se inclinaban por levantar el fuero especial a Víquez.
“Dije lo que tenía que decir. Me parece que la Corte actuó como debió actuar. Uno como diputado a veces debe utilizar palabras gruesas, más en una investigación. El legislador es protegido”, reaccionó el excongresista.