Incompatibilidad del carácter sería causal de divorcio

Entra en su última etapa del debate legislativo, un proyecto de ley que permitiría la disolución de los matrimonios por voluntad de uno de los cónyuges, lo cual hoy no está permitido

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Un proyecto de ley, que se encuentra en la fase final de su trámite legislativo, establecería la incompatibilidad de caracteres entre cónyuges como una causal de divorcio.

La reforma al Código de Familia permitiría que los matrimonios se disuelvan por voluntad de uno de los cónyuges, incluso si el otro está en desacuerdo con la separación.

El proyecto de ley 20.406 añadiría un nuevo inciso al artículo 48 del Código, en el cual se establecen los motivos por las que un juez puede disolver un matrimonio.

El nuevo motivo sería “la solicitud de una de las partes ante la incompatibilidad de caracteres para poder hacer vida en común, después de transcurridos seis meses contados a partir de la celebración del matrimonio”.

La ley vigente contempla que son motivos de divorcio el adulterio, el maltrato y el atentado de un cónyuge contra su pareja o contra los hijos, sea hacia su vida o para corromperlos, o prostituirlos.

También, son causales la separación judicial por un término no menor de un año, la separación de hecho por un término no menor de tres años, la declaración de ausencia del cónyuge y el mutuo acuerdo de los esposos.

En los divorcios por mutuo acuerdo, por el contrario, no hace falta que los cónyuges aleguen algún motivo en específico, sino que se respeta su voluntad.

Según explicó el juez Isaac Monge, quien atiende casos de Familia en Sarapiquí, la legislación vigente impide que uno solo de los integrantes del matrimonio pida el divorcio, si su cónyuge no es culpable de algunos de las conductas que establece al artículo 48 del Código de Familia.

De acuerdo con Monge, la opción que tiene la persona que desea separarse es salir de la vivienda en común y esperar tres años para poder presentar la demanda de divorcio.

“Es contrario a la dignidad humana. Tiene consecuencias emocionales, psicológicas, jurídicas. Afecta al individuo y limita su libre determinación, su autonomía. Si el matrimonio surge porque doy mi consentimiento, el ordenamiento jurídico también debería darme la posibilidad de disolver ese vínculo cuando ya no quiero estar”, dijo Monge.

“Ojalá en buena hora nosotros diéramos el avance que dio México hace muchos años, Argentina también y Nicaragua mucho más atrás, sobre el divorcio sin causa (...). ¿Cuál es la causa? Ya no quiero estar casado, punto”, añadió el funcionario.

El juez explicó que esa situación pone en una situación de desventaja particular a las mujeres, pues si la esposa llega a tener hijos con otra persona, los menores llevarán el apellido del marido, aunque en la práctica los cónyuges estén separados.

Monge considera que el proyecto de ley que se tramita en el Congreso debe aprobarse, para que el Estado deje de obligar a personas a permanecer en matrimonios contra su voluntad.

En opinión del juez, el plan no debería establecer un mínimo de seis meses de vínculo para que alguna de las partes pida el divorcio, pues el Estado no debería obligar a nadie a permanecer en una unión contra su voluntad.

La versión original del proyecto de ley, presentado en 2017 por exdiputados del Frente Amplio, no ponía ningún plazo. El requisito de los seis meses se incluyó el pasado 26 de junio, cuando se aprobó el texto en la comisión de Asuntos Jurídicos.

Ese día, la única diputada que votó en contra del plan fue Floria Segreda, de Restauración Nacional.

Ella y su compañera de fracción Mileidy Alvarado presentaron un dictamen que pide el archivo del proyecto, por considerar que la reforma podría “menoscabar la institución del matrimonio”.

“Existe el grave peligro de convertir el matrimonio en una figura de ornato social, desvirtuando la esencia y objeto del mismo”, alegaron las legisladoras restauracionistas.

El plenario legislativo podría hacerle una última modificación a la iniciativa en la etapa de mociones de reiteración, en la cual se le da una última oportunidad a las propuestas que fueron rechazadas previamente en comisión.

La única que podría recurrir a ese mecanismo es la diputada restauracionista Alvarado, a quien en dos ocasiones se le rechazó una moción para extender el plazo mínimo para solicitar el divorcio de seis meses a un año.

Pasada esa etapa, el plan se votará en primer debate. Entre diciembre y abril, el avance del plan depende de la voluntad del gobierno, el cual maneja en esta época la agenda del Congreso.