Diputados quitan impuesto especial para hospedajes tipo Airbnb, pero les fijan pago municipal

Comisión legislativa dictaminó nuevo texto que elimina excesos señalados por instituciones; decisión final está ahora en manos del Plenario

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Los anfitriones que brinden el servicio de hospedaje a través de plataformas como Airbnb ya no tendrían que pagar un impuesto especial del 3% pero, a cambio, estarían obligados a pagarle una especie de licencia a las municipalidades.

Así lo establece la nueva versión del proyecto Ley Marco para la Regularización del Hospedaje No Tradicional y su Intermediación a través de Plataformas Digitales, la cual fue dictaminada afirmativamente, el pasado martes, por la comisión legislativa de Asuntos Económicos.

El pago a los ayuntamientos fue incluido por los legisladores que integran la Comisión, ante una solicitud que plantearon los hoteleros. Dicho requisito no estaba contemplado en el texto que propuso el diputado socialcristiano Pablo Heriberto Abarca.

La nueva versión indica que el monto a pagar se calculará sobre el salario base, el cual es de ¢446.200 para este año. Las propiedades con capacidad de hasta dos personas pagarán 10% (¢44.620), entre tres y cinco personas, 30% (¢133.860), y de seis personas o más, 80% (¢356.960).

Dichos pagos se realizarán por cada unidad de hospedaje. Es decir, si un anfitrión tiene un complejo de apartamentos, tendrá que pagar ese monto por cada uno de ellos.

Los diputados sustentaron la creación del cobro en el Código Municipal, pues su artículo 88 indica que “para ejercer cualquier actividad lucrativa, los interesados deberán contar con licencia municipal respectiva, la cual se obtendrá mediante el pago de un impuesto”.

Por otro lado, los miembros de Asuntos Económicos desistieron de crear un impuesto especial del 3% a las plataformas de hospedaje ante cuestionamientos del Ministerio de Hacienda, el Instituto Costarricense de Turismo (ICT) y la Procuraduría General de la República (PGR),

Dichas instituciones consideran que este gravamen constituye una doble imposición y un trato desigual frente al servicio de hospedaje tradicional. Además, resultaba complejo la recaudación de ese impuesto, según la ministra de Hacienda, Rocío Aguilar.

Lo que sí se mantuvo fue el pago del impuesto al valor agregado (IVA) de 13%. Este tributo todavía no entra en vigencia, pero la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas hizo una consideración con los servicios turísticos para que el impuesto se cobre en forma progresiva.

La misma propuesta autoriza a Hacienda a establecer convenios con empresas de este tipo para la recaudación de impuestos, aunque de igual manera obliga a los anfitriones a inscribirse ante la Dirección General de Tributación y registrarse en el ICT como prestatarios del servicio.

Desde el 2016, representantes de Airbnb tuvieron acercamientos con Hacienda para retener el actual impuesto de ventas. Sin embargo, las autoridades nunca aceptaron la propuesta y pidieron una lista de las personas que ofrecían alojamiento en esa plataforma.

Liman “excesos”

La versión que se aprobó en la Comisión de Asuntos Económicos limó algunas imposiciones calificadas como “excesos” o que tenían roces de inconstitucionalidad, según las observaciones de Servicios Técnicos del Congreso y de la Procuraduría.

Por ejemplo, se eliminó la obligación de reportar al ICT información que podría considerarse confidencial, por tratados o convenios internacionales.

“Considera esta asesoría que esa facultad de acceso a información de tipo comercial y empresarial excede los límites legislativos y que de dicho exceso deriva una posible inconstitucionalidad de la propuesta”, dice un informe de Servicios Técnicos.

Además, se eliminó la obligación de que todas las propiedades cuenten con adaptaciones para las personas con discapacidad, tras observaciones de las instituciones consultadas, como la Procuraduría, que alertaron que esa obligación podría desestimular esta actividad económica.

Muchas de las propiedades que se alquilan mediante plataformas digitales son viviendas que habitan los mismos anfitriones o propiedades de difícil acceso.

Por eso, los diputados acordaron que el Ministerio de Salud podría valorar la exclusión de cumplir con las disposiciones de la Ley 7.600.

Entre lo que sí quedó en la propuesta está el deber de los anfitriones de garantizar seguridad e intimidad a los huéspedes. Además, a las empresas intermediarias las obliga a inscribirse ante la Dirección de Tributación Directa y el ICT, al igual que los anfitriones.

El proyecto fue consultado a 12 instituciones y cuatro gobiernos locales. Ahora, queda en manos del Plenario la decisión final.